El Supremo condena a una familia a indemnizar a sus vecinos por el ruido de un piano
El Tribunal declara probado que "durante años" los vecinos soportaron el sonido del piano "en unos niveles que sobrepasan los límites legales"
El Tribunal Supremo ha condenado a una familia de Valencia a indemnizar a los vecinos del piso de arriba con 8.000 euros al considerar que el ruido del piano que tocaban sus hijas constituye una intromisión ilegítima en el derecho de los demandantes a la intimidad personal y familiar en su domicilio.
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Las hijas de los demandados tocaban el piano cualquier día de la semana, incluso sábados y festivos, sin horario fijo y sin respetar las horas de descanso, desde las tres de la tarde hasta pasadas las diez de la noche. Los denunciados recibieron hasta ocho visitas de la Policía Local de Valencia pero no hacían caso a las quejas, y llegaron a argumentar que "peor era el ruido" que tenía que soportar el denunciante "en la industria metalúrgica", donde trabajaba.
El Tribunal Supremo responde que la calidad del sonido no es óbice para que sea molesto. Dice en su sentencia que la "constante reiteración de la mejor pieza musical por el más afamado intérprete también puede convertirse, si el sonido se transmite intensamente en la vivienda del vecino, en una grave intromisión en su intimidad domiciliaria". También apunta el Supremo la posibilidad que existía de "tocar con sordina en el piano mecánico o con auriculares en el eléctrico". El Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia y confirma el fallo de la primera instancia duplicando la pena. Condena a la familia de las pianistas a pagar 8.000 euros, además de cejar en su empeño o insonorizar el domicilio. Los demandantes acreditaron que sufrían ansiedad y síndrome de estrés acústico.