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Los jueces suspenden al nuevo código penal en violencia machista

El informe del Consejo del Poder Judicial señala que "exigir denuncia previa en casos de violencia de género es un retroceso que devuelve al ámbito privado infracciones de Derechos Humanos"

El grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial en violencia machista ha analizado el contenido del nuevo código penal en esta materia. Este equipo de juristas, coordinados por la presidenta del observatorio contra la violencia de género, Inmaculada Montalbán, ha detectado hasta siete deficiencias en el nuevo texto legal que suponen "un retroceso en los avances logrados por la legislación española que es un referente internacional en la lucha contra la violencia de género".

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El grupo de expertos en violencia doméstica del Consejo del Poder Judicial, coordinados por la presidenta del observatorio contra la violencia de género, Inmaculada Montalbán, considera que la exposición de motivos del nuevo código penal debe recoger expresamente que en este tipo de delitos "no será necesaria la denuncia de la víctima". El informe señala que "exigir denuncia previa en los delitos de violencia de género es devolver al ámbito privado infracciones de Derechos Humanos, un retroceso en los avances de la legislación española que en la actualidad sirve como referente internacional". El documento también subraya que en los delitos de violencia machista no cabe imponer la pena de multa porque es "históricamente negativa", ya que "se utiliza contra la esposa detrayendo la cuantía de los gastos domésticos, bienes gananciales o incluso de los bienes de la propia esposa".

Las vejaciones

El tratamiento de las vejaciones leves, la mediación o el agravamiento de la pena en determinados casos también es objeto de análisis por parte del Poder Judicial. Los jueces exigen al Gobierno que las vejaciones leves o injustas no sean tipificadas como falta sino como delito porque "en gran parte de los casos de mujeres muertas, las primeras señales eran meros insultos o vejaciones". La mediación está "vedada" en este ámbito porque, recuerdan, presupone que ambas partes tienen el mismo poder de negociación, son igualmente culpables y reduce la culpabilidad del que ha cometido el delito". Además, quieren que se mantenga el agravamiento de la pena cuando el delito se cometa en el domicilio que es "un espacio íntimo que impide el auxilio de terceras personas" o delante de los hijos porque supone "un plus de sufrimiento por parte de la víctima". Las otras dos recomendaciones pasan por mejorar el proceso para conceder la suspensión del cumplimiento de la pena por parte del agresor. El informe solicita que se de audiencia a la víctima, que se prohíba al agresor comunicarse con ella y que el incumplimiento de las condiciones que le imponga el juez suponga la revocación inmediata de la suspensión. La última propone incluir la libertad vigilada en casos de coacciones, amenazas y malos tratos habituales.

El informe sí que aplaude que el nuevo código penal incorpore los matrimonios forzados, la manipulación de los dispositivos de control o la divulgación no autorizada de imágenes íntimas grabadas con el consentimiento de la víctima.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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