Sociedad

El Supremo obliga a una aseguradora a indemnizar en un accidente sin culpables

Según el Tribunal la ausencia de un culpable demostrado no anula la responsabilidad civil de los implicados en el accidente

MADRID

El Supremo obliga a una entidad aseguradora a indemnizar a la víctima de un accidente en el que no se consiguió probar la culpabilidad de ninguno de los dos conductores implicados. Sostiene que en estos supuestos cada conductor deberá responder frente al otro aunque no haya pruebas "de la participación causal de cada uno".

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El Tribunal Supremo obliga a la empresa aseguradora Allianz a indemnizar a la víctima de un accidente de tráfico en el que no se demostró que existiera un culpable. El accidente fue un choque frontal entre dos vehículos, y ni las pruebas periciales ni las "confusas y contradictorias" declaraciones de los testigos permitieron a la justicia discernir cuál de los dos conductores era el culpable y que, por tanto, debería cargar con la indemnización de la víctima.

La Audiencia Provincial de Bizkaia absolvió al conductor a cuya entidad aseguradora se solicitaba la indemnización, por no poder probar "que fuera su vehículo el que invadiera el carril contrario", teoría defendida por la defensa de la víctima del accidente. Es ahora la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo quien confirma que "no resulta posible conocer ni el punto de colisión ni cual fue el vehículo que invadió el carril opuesto y provocó el accidente", pero anula la sentencia e indica que cada conductor "deberá responder frente al otro" aunque no haya pruebas de la participación causal de cada uno en el accidente.

Esta sentencia, de la que ha sido ponente el juez Juan Antonio Xiol, señala que en casos en los que no esté demostrado quién causó el accidente no se podrá anular el derecho a la indemnización de las víctimas por el hecho de que no exista un culpable probado. También declara como no válido el criterio judicial de que los comportamientos de ambos conductores se puedan anular o compensar, apoyándose en la doctrina seguida por varias Audiencias Provinciales, y devuelve las acciones a la justicia vasca para que dicte una nueva sentencia.

 
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