El Supremo reitera que los colegios que segregan no pueden recibir subvenciones
Avala la decisión de la Junta de Andalucía de no subvencionar seis colegios de educación diferenciada por sexo
MADRID
El Tribunal Supremo ha reiterado su jurisprudencia de no financiar con dinero público los centros educativos que segregan a sus alumnos por sexos, "ya que la Ley defiende la igualdad efectiva entre hombres y mujeres". Vuelve a avalar la decisión de la Junta de Andalucía de excluir seis colegios de educación diferenciada de las subvenciones públicas. Señala en las seis sentencias que la educación diferenciada "es una opción legítima", pero que "no deben financiarse con dinero público".
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El Tribunal Supremo ha reiterado su doctrina: los colegios que segregan a sus alumnos por sexo no pueden financiarse con fondos públicos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado la decisión de la Junta de Andalucía de no renovar los conciertos con seis centros educativos para el curso 2013-2014, en seis sentencias relativas a tres colegios de Sevilla y otros tres de Córdoba. La Junta emitió una Orden en agosto de 2009, en la que instaba a un total de doce centros de educación diferenciada a impartir educación conjunta para poder acceder a las subvenciones.
La Orden fue recurrida por los centros ante la justicia andaluza, y es ahora el Tribunal Supremo quien señala que la educación diferenciada por sexos es "una opción legítima, eso es algo que nadie pone en duda" pero recuerda que "no es posible que puedan sostenerse con fondos públicos cuando la discriminación por sexo está prohibida por Ley" en la admisión de alumnos a centros públicos.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo reitera de esta manera su doctrina ya mostrada el pasado mes de agosto, cuando señaló esta incompatibilidad entre la educación segregada y las subvenciones públicas. En ese caso, los centros involucrados fueron dos colegios de Cantabria y Sevilla.