Un juzgado obliga a Bankia a devolver 100.000 euros a un preferentista
El fallo indica que la entidad bancaria no ofreció suficiente información al cliente, teniendo en cuenta que era una persona jubilada y sin estudios superiores
Bankia tendrá que devolver 100.000 euros a un afectado por las preferentes al que no ofreció suficiente información a la hora de contratar este producto híbrido, según el fallo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Leganés. La entidad tendrá que devolver también cualquier gasto o comisión cargados al cliente.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Leganés (Madrid) ha condenado a Bankia a devolver 100.000 euros a un preferentista al que no ofreció suficiente información a la hora de contratar este producto híbrido, teniendo en cuenta que el cliente era una persona jubilada sin estudios superiores.
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Además del importe por el que se contrató el producto, el fallo obliga a la entidad a devolver cualquier gasto o comisión cargados al cliente. Mientras tanto, el demandante deberá devolver a la entidad las participaciones preferentes recibidas y la suma de beneficios que generaron.
La sentencia establece que la entidad financiera tiene "la esencial obligación" de informar al cliente "con suficiente detalle" de las características del producto financiero que pretende contratar, cubriendo especialmente los riesgos que lleva consigo. "Puede presumirse que el inversor no profesional no dispone de un conocimiento cabal del correspondiente producto financiero", detalla.
La resolución explica que el demandante es un jubilado sin estudios superiores, por lo que cabe calificarle como minorista, y subraya que, teniendo en cuenta este perfil, la información que se le facilitó fue "insuficiente". "Dado el carácter técnico en que (los contratos) están redactados, solo pueden ser adecuadamente interpretados por inversores profesionales o por personas con una elevada cultura financiera", indica el fallo.
Asimismo, insiste en que, en este caso concreto, debería haberse ofrecido al cliente "mayores explicaciones sobre las características y concretos riesgos de estos productos, especialmente el de que no pudiera recuperar su dinero en caso de que lo necesitara por falta de cotización" en el mercado secundario.
Contra esta sentencia se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de 20 días desde la notificación de la resolución.
Un precedente muy importante
Para el presidente de la Confederación de Agrupaciones Políticas Independientes (CAPI), Carlos Delgado, "esta resolución judicial es ejemplar y sienta un valiosísimo precedente para los cientos de miles de afectados: por su argumentación, por el importe que se obliga a devolver y por la entidad afectada, Bankia".
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