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"Las autoridades no pueden minimizar o justificar una pintada nazi"

Antonio García, presidente de Unión Progresista de Fiscales, asegura que podría suponer un delito de apología del nazismo. Desde la UPF critican la decisión del Ayuntamiento de Pinto de seguir con las fiestas a pesar de que la plaza había amanecido con una pintada nazi.

Foto difundida en Twitter por @miadepinto de la pintada de la plaza de toros de Pinto(Twitter)

La asociación mayoritaria pide no minimizar estas acciones ni darles cualquier tipo de justificación. La alcaldesa popular de Pinto, Miriam Rabaneda, alegó "motivos de seguridad" para continuar con las fiestas locales sin eliminar la pintada nazi.

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Continúan las reacciones contra la decisión del Ayuntamiento popular de Pinto por permitir una corrida de toros ante una pintada de apología nazi en la que podía leerse en las gradas "Adolf Hitler tenía razón". Desde el entorno judicial, la Unión Progresista de Fiscales (UPF),tacha la decisión y los hechos de 'intolerables'. Para su presidente, Álvaro García "Los hechos nos llevan a una reflexión clave. No pueden minimizarse en acciones anecdóticas ni darle la más mínima justificación. Hay que ser intolerante con quienes son intolerantes socialmente".

En este sentido, la asociación mayoritaria pide que se aceleren los protocolos de actuación en estos casos ante posibles delitos de incitación al odio y negación del genocidio. "Desde el ministerio público es importante resaltar que desde las fiscalías de España que tienen servicios especializados contra el odio y la discriminación se activen los protocolos para investigar de una manera más eficaz estas conductas", explica García.

En el Ayuntamiento de la localidad madrileña de Pinto el Partido Popular decidió no cubrir el mensaje, suspender el evento o aplazar el encierro. Siguieron adelante "por motivos de seguridad y para que los que no tienen la culpa de nada no se quedaran sin toros", según explicó la alcaldesa, Miriam Rabaneda.

Delitos indefinidos

Con la ley actual hay cierta indefinición penal en la persecución de estos delitos. En este caso -según distintas fuentes jurídicas - los autores habrían incurrido en uno genérico contra la discriminación y el odio (art. 510) y el que se refiere a la negación del genocidio y hechos ocurridos en la Segunda Guerra Mundial (art. 607), en definitiva, estaría a caballo entre uno y otro. Según García, "En la misma línea prevista en la nueva reforma del Código Penal, se va a procurar especificar un poco más el contenido de estas actuaciones ilícitas para que no queden impunes, como ha ocurrido en anteriores decisiones dictadas por la Audiencia o el Supremo".

La investigación policial para aclarar las responsabilidades de la pintada sigue abierta.

 
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