Sociedad | Actualidad

Un año de cárcel para un policía de Cádiz por agredir a un detenido

Aficionado al karate, dio una fuerte patada en el pecho a un hombre que había sido detenido en una pelea de madrugada en Arcos de la Frontera

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de cárcel para un policía de Cádiz "aficionado al karate" que en 2007 pegó una fuerte patada en el pecho a un detenido al que más tarde hubo que operar. El policía también tendrá que indemnizarle con 7.461 euros, de los que el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera responde como responsable civil subsidiario.

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El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de un año de cárcel para un policía de Cádiz que en 2007 pateó en el pecho a un detenido, causándole lesiones costales que necesitaron una operación para sanar. Los hechos tuvieron lugar en la localidad gaditana de Arcos de la Frontera: la víctima había sido advertida por la policía y finalmente detenida por meterse en varias peleas durante la noche en el recinto ferial. Una vez en la jefatura de la policía local, un agente "aficionado al karate" le llevó a las celdas y le propinó una fuerte patada en el pecho "que le hizo perder el equilibrio y caer al suelo". No le golpeó más cuando el agente que le acompañaba le dijo que parara, "le vas a matar". Tuvieron que llevarle a un puesto de la Guardia Civil y, finalmente, a un centro de salud porque "estaba hinchado y tenía dificultades para respirar".

Unas lesiones que necesitaron cirugía y que han dejado como secuela una "ligera dificultad respiratoria". Ahora el Tribunal Supremo confirma una condena de un año para este policía local, la que le impuso la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito de lesiones. También confirma que deberá indemnizar al hombre con 7.461 euros, una cantidad de la que el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera responderá como responsable civil subsidiario. Fue absuelto el agente que estaba en los calabozos cuando se cometió la agresión, y se rechaza encausarles también por un delito contra la integridad moral.

La sentencia del Supremo reprocha a la Audiencia Provincial de Cádiz que no analizara en mayor profundidad las pruebas practicadas: "Sin duda puede decirse que la sentencia pidría haber sido más exquisita en el análisis de la prueba practicada". Pero aún así señala que la carga probatoria de los hechos es "de abrumadora suficiencia", y rechaza la teoría de que el hombre se autolesionara en la celda. Él fue posteriormente condenado por la pelea por la que fue detenido.

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