La Audiencia desiste de investigar al PP por borrar los ordenadores de Bárcenas
La Sala de lo Penal rechaza el recurso de apelación presentado por el PSPV para que el caso regresara al juez Pablo Ruz. Los magistrados dicen que "no existen datos" que avalen la conexión en contra del criterio de la acusación
Madrid
Advierte posibles delitos en el PP por el borrado pero considera competente a los juzgados de Plaza Castilla. Solo la Audiencia Provincial de Madrid puede reabrir el caso o el propio Ruz, si comunica al juzgado de Madrid el delito que se encubrió con la operación.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en un auto del que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel y al que ha tenido acceso la Cadena SER, ha desestimado definitivamente investigar el borrado de los ordenadores de Bárcenas por parte del Partido Popular.
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Los magistrados confirman la inhibición del juez instructor Pablo Ruz para investigar el asunto en los juzgados ordinarios de Plaza Castilla, y advierten de que "la manipulación y el borrado" de la información contenida en los discos duros de los ordenadores portátiles "que usaba Bárcenas en el Partido Popular", puede "constituir un delito de encubrimiento o de daños informáticos", pero rechazan que el caso regrese a la Audiencia Nacional.
El motivo principal, según la Sala, es que no hay conexión entre el caso de la supuesta caja B del PP y el borrado de los portátiles porque "no existen datos" que corroboren que "la información contenida en los discos duros borrados trataba de la contabilidad B" del Partido Popular. Aplicar esa presunción, dicen los magistrados provocaría "correr el riesgo de introducir factores distorsionadores en la aplicación de las normas procesales de conexidad".
Sin embargo, sí que existen esos datos, según recalca la acusación. Tanto la declaración del propio Bárcenas, quien aseguró que en los ordenadores guardaba información relevante sobre la supuesta contabilidad B, como en el pendrive aportado por el extesorero al juez Pablo Ruz, que contenía información sobre la contabilidad paralela y fue sacada de esos ordenadores, según su testimonio.
La Sala es clara. Ni la vía Ley Orgánica del Poder Judicial ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal permiten al juez Ruz "abordar la investigación de la alteración de la información contenida en los discos duros de los dos ordenadores usados por Luis Bárcenas", ya que este " borrado no guarda ningún nexo con los hechos constitutivos de delito cuyo conocimiento es competencia de la Audiencia Nacional", y porque "los hechos de la posible contabilidad B y el borrado de los discos duros", no tienen "analogía ni relación entre sí, ni aparecen como propiciadores de impunidades ni consta que haya servido para facilitar la comisión de otros actos constitutivos de delito".
Contra la decisión de la Sala no cabe recurso. Así las cosas, la única vía para investigar el borrado de los ordenadores es el juzgado número 32 de Plaza Castilla, que ya archivó provisionalmente el caso porque de momento se desconoce el delito principal que se pretendería encubrir con el borrado de los equipos, ni existiría el delito de daños informáticos porque la propiedad de los ordenadores era del PP, aunque los utilizara Bárcenas.
El juzgado 32 de Madrid, según fuentes jurídicas, reabriría la causa si en el transcurso de la investigación el juez Pablo Ruz determinase el delito principal a encubrir, o si la Audiencia Provincial de Madrid revocase el archivo provisional y ordenase la reapertura del caso.