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Multa de 1.000 euros cuando la tasa de alcohol al volante duplique la permitida

La Comisión de Interior ha aprobado la reforma de la ley de tráfico con un cambio en las sanciones que se habían anunciado para los que den positivo

Bajo la premisa de tolerancia cero, la ley duplicará las sanciones por conducir bajo efectos de drogas o alcohol. Es decir, que las multas por este concepto pasarán de 500 a 1.000 euros. / ATLAS

La Comisión de Interior del Congreso ha dado luz verde a la reforma de la ley de tráfico que incluye todas las modificaciones que ya se conocían, como el casco para los menores de 16 años que circulen en bicicleta en las ciudades o el aumento de la velocidad hasta 130 km/h en algunos tramos de autovías y autopistas, aunque para ello se tiene que redactar todavía un nuevo reglamento. Sí ha habido un cambio en las sanciones que se habían anunciado para los que den positivo en el control de alcoholemia.

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Así lo han acordado PP y CiU, por lo que frente a las multas que establecía el proyecto inicial, que incrementaba de los 500 euros actuales a 1.000 euros por dar positivo, en la nueva redacción sólo se sancionará con esa cantidad máxima cuando se duplique la tasa permitida, es decir, cuando se dé 1 gramo de alcohol por litro de sangre.

También será de 1.000 euros cuando el conductor se niegue a someterse a la prueba de alcoholemia o cuando sea reincidente, es decir que haya sido multado por consumo de alcohol durante el año inmediatamente anterior a la sanción, según la enmienda transaccional pactada entre PP y CiU, que ha contado con el apoyo de todos los grupos a excepción del PSOE, que se ha abstenido.

 
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