El Supremo advierte sobre "la expansión de la lacra de la corrupción" al uso de dinero público
El alto tribunal confirma una condena de cuatro años y medio de cárcel para un político canario por un delito de prevaricación y malversación al adjudicar "a dedo" un contrato de monitora
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de cuatro años y medio de cárcel para el que fuera alcalde de la localidad canaria de Valle Gran Rey por delitos de prevaricación y malversación al adjudicar un contrato público sin sacarlo a concurso. El Supremo advierte, ante el recurso del expolítico, que alegar la generalización de estas prácticas dentro de una administración pública no sólo no disculpa el comportamiento sino que aumenta la cantidad y gravedad de los delitos cometidos.
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El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de cuatro años y medio de cárcel para Ruymán García, exalcalde de la localidad canaria de Valle Gran Rey, por un delito de prevaricación y malversación al haber adjudicado "a dedo" un contrato público de monitora de ludoteca a su hermana. Una sentencia en la que los jueces del alto tribunal se pronuncian sobre la corrupción en el uso de fondos públicos: "La expansión de la lacra de la corrupción en el modo de utilizar fondos al servicio del clientelismo político sólo aumenta el censo de delincuencia". Es decir, que el hecho de que una práctica corrupta esté extendida y establecida en una administración pública como un Ayuntamiento no sólo no disculpa este comportamiento, sino que sólo engorda la cantidad de delitos cometidos.
La sentencia confirma la condena que la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife impuso a este político que militara en las filas del Partido Socialista y Coalición Canaria: cuatro años, seis meses y un día de cárcel por un delito de prevaricación y otro de malversación además de un total de 15 años de inhabilitación apra ejercer un cargo público. Los hechos descritos por la sentencia resumen que el entonces Teniente de Alcalde y Concejal de Hacienda del consistorio de Valle Gran Rey (La Gomera) adjudicó un contrato de monitora de ludoteca entre enero y julio de 2008, saltándose todos los procedimientos legales y sin que el servicio de ludoteca se ofertara en esa época del año.
El Tribunal Supremo confirma esta condena y rechaza los argumentos del exalcalde de la localidad, que como principal alegación en su defensa dijo que era una conducta extendida en el consistorio. A este respecto, señalan los jueces que "no cabe presumir que quien desempeña funciones públicas actúe convencido de que la asiduidad de lo ilícito hace de esto algo lícito, como mero efecto de la frecuencia del delito". El texto de la Sala de lo Penal señala también que "una ilicitud no se legitima por su frecuencia estadística" y que "dicha forma de contratación fue el principal instrumento de clientelismo político del alcalde".
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