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El Supremo acusa al Gobierno de hacer una ley "confusa" de justicia universal

La sentencia que pone freno a la excarcelación masiva de supuestos narcotraficantes sostiene que "lo confuso de la regulación ha originado que las líneas interpretativas no se hayan producido con la deseable claridad"

El Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia avanzada el miércoles, en la que declara la competencia de los tribunales españoles para apresar y enjuiciar 'narcobarcos': reprocha a los jueces de la Audiencia Nacional que tomaran una decisión "prematura" al archivar las causas y dejarles en libertad, y reprocha al ejecutivo haber hecho una ley "confusa" por la que las interpretaciones legales "no se han producido con la deseable claridad".

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Los razonamientos de los jueces del Tribunal Supremo que construyen la decisión, adelantada el miércoles, de reabrir las causas contra más de una decena de supuestos narcotraficantes liberados en aplicación de la nueva ley de justicia universal, dejan varias conclusiones: los jueces de la Audiencia Nacional tomaron una decisión "prematura", interpretaron mal la ley y además reprochan al Gobierno haber hecho una ley "confusa" que justifica la disparidad de criterios que ellos han tenido que solucionar en torno a estas liberaciones.

Son algunos de los argumentos jurídicos que figuran en la sentencia del pleno de la sala de lo penal del Tribunal Supremo, la primera que resuelve un recurso de la Fiscalía Antidroga sobre este asunto. En ella, el pleno justifica la confusión jurídica generada en torno a la liberación de supuestos narcotraficantes reprochando al ejecutivo haber realizado una ley "confusa" en cuanto a estos hechos: "Hay que poner de manifiesto lo confuso de tal regulación, lo que ha originado que las líneas interpretativas en esta materia no se hayan producido con la deseable claridad".

Unas conclusiones prematuras de la Audiencia

Pero los jueces del Tribunal Supremo señalan que en cualquier caso, e incluso con la nueva ley de justicia universal en la mano, los tribunales españoles siguen siendo competentes para apresar, investigar y enjuiciar a estos 'narcobarcos' y sus tripulantes, señalando que sus compañeros de la Audiencia Nacional tomaron decisiones y llegaron a conclusiones de forma "prematura".

Indican, en primer lugar, que los jueces de la Audiencia no interpretaron de forma correcta los apartados d), i) y p) del artículo de la nueva ley que regula estos delitos: según interpreta de forma definitiva el Supremo, este apartado d) atribuye la jurisdicción en función de los convenios internacionales firmados por España, citando los ya adelantados el pasado miércoles: la Convención de Viena (1988) y los acuerdos de Montego Bay (1982).

Además indican que en este caso particular los jueces tendrían que haber seguido investigando, por entender que hay indicios de que el delito se iba a cometer en nuestro país: "Concluir que no hay indicios de que estos hechos se realicen con miras a su comisión en territorio español es prematuro", dice la sentencia.

Se trata de la primera sentencia que emite el Tribunal Supremo sobre un caso de estas características, recurrido por la Fiscalía Antidroga, y que afecta a los tripulantes sirios de un buque con bandera de Sierra Leona detenido en aguas internacionales cuando llevaba 15.300 kilos de hachís.

 
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