El Constitucional mantiene en prisión a Diez de Usabiaga
Desestima el recurso de amparo presentado por el líder sindical de la Izquierda Abertzale
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por Rafael Díez Usabiaga, líder sindical de la Izquierda Abertzale, contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 6 años de prisión como autor de un delito de integración en organización terrorista, que habría cometido como miembro de Bateragune.
La sentencia, aplica argumentos similares a los utilizados para mantener en prisión a Armado Otegui, otro de los condenados en el 'caso Bateragune' y rechaza que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia.
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Los magistrados avalan la sentencia por la que se condenaba a Usabiaga porque "actuaba bajo las instrucciones y dirección de la organización terrorista" y "era una de las personas seleccionadas y dirigidas por ETA para la ejecución de su estrategia"
Ser de la Izquierda Abertzale no es suficiente
Los jueces del Constitucional dicen que la mera pertenencia del Usabiaga a la IA (Izquierda Abertzale) "no ha sido concluyente por sí sola" para deducir que actuaba bajo la dirección de ETA. De hecho, como señala el Tribunal, la IA "como expresión ideológica no ha sido proscrita de nuestro ordenamiento ni podría llegar a serlo sin quiebra del principio pluralista y de los derechos fundamentales a él conexos". Por tanto, no es la pertenencia a la IA "en el sentido de compartir los objetivos secesionistas de la banda armada ETA" el elemento tenido en cuenta, sino el hecho de que la actuación del demandante "era del todo coincidente (...) también en cuanto al uso de los medios violentos e ilícitos, que es lo que define la actuación de las organizaciones terroristas".
Votos discrepantes
Los Magistrados Luis Ignacio Ortega y Juan Antonio Xiol se han opuesto al sentir de la mayoría y han anunciado un voto particular similar al que suscribieron en el recurso de Otegi, en el que resaltan que "la negativa a condenar la violencia de ETA es un elemento que expresamente se ha utilizado para constituir un hecho probado indiciario de la responsabilidad penal de los recurrentes".
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...