Ser voyeur no es una enfermedad psiquiátrica sino un delito
El Supremo aclara que la pedofilia y el voyerismo son trastornos de estímulo sexual que no impiden al autor saber que son actos ilícitos
La responsabilidad penal no se ve reducida o anulada porque no son enfermedades
:quality(70)/cloudfront-eu-central-1.images.arcpublishing.com/prisaradio/QN67UW6RZZM4DM3NDXWZMLQE6U.jpg)
GETTY IMAGES
Madrid
El Supremo ha rechazado aplicar la atenuante de voyeurismo al profesor de un colegio de Zaragoza que colocó cámaras en los lavabos del centro para grabar a sus compañeros.
Más información
La defensa del condenado, con una pena de 2 años de prisión y 2 años de inhabilitación para trabajar con menores, ha acudido al Supremo en recurso de casación con esa tesis, pero la Sala de Lo Penal ha sido tajante.
Los trastornos de estímulo sexual como son la pedofilia o el voyeurismo no limitan la capacidad del autor para saber que lo que está haciendo es ilegal.
En este caso de Zaragoza, no hay trastorno psiquiátrico, no hay pérdida de la capacidad de discernir entre lo legal e ilegal. El condenado estuvo un año grabando a sus compañeros cada vez que acudían al lavabo.