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Consulta 9-N

Homs tendrá que dejar su escaño

La sentencia que le inhabilita durante un año y un mes implica que Francesc Homs no podrá presentarse a ningún proceso electoral nacional, regional o local durante la condena: el reglamento del Congreso obliga a dejar el escaño

El diputado de PDC Francesc Homs, a su llegada al hemicliclo del Congreso / Sergio Barrenechea (EFE)

El diputado de PDC Francesc Homs, a su llegada al hemicliclo del Congreso

Madrid

La sentencia que condena a Francesc Homs por la consulta del 9 de noviembre de 2014 es firme y por tanto tiene un efecto prácticamente inmediato en su vida política: tendrá que dejar el acta de diputado y será inelegible durante el tiempo de la condena, un año y un mes. Fuentes del alto tribunal confirman que ahora debe ser el Tribunal Supremo el que comunique el fallo a la Cámara Baja para que su inhabilitación tenga efectos prácticos y tenga que dejar el acta.

Según el fallo, Homs estará inhabilitado un año y un mes para ejercer como cargo público electo "estatal, autonómico o local" así como para ejercer en funciones de gobierno. Según el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, "el Diputado quedará suspendido en sus derechos, prerrogativas y deberes parlamentarios cuando una sentencia firme condenatoria lo comporte".

Se trata de una sentencia firme, aunque Homs puede solicitar la suspensión de su ejecución o una aclaración del fallo.

Inhabilitación casi inmediata

La clave del futuro político de Homs está en el apartado b) del artículo 6.2 de la Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral: tras su última modificación hace unos meses, estableció que son inelegibles, entre otros, "los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo o contra la Administración Pública cuando haya establecido la pena de inhabilitación", como es este caso. El delito de desobediencia por el que ha sido condenado Homs, contenido en el artículo 410.1 del Código Penal, está incluido en estos delitos contra la Administración Pública.

Artur Mas es "ineligible"
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<p>El expresident catalán no podrá presentarse a un proceso electoral durante los próximos dos años</p>

El exconsejero del ejecutivo regional encabezado por Artur Mas tiene todavía la oportunidad de interponer un tipo de recurso por la vía ordinaria antes de acudir, tal y como anunció que haría, ante el Tribunal Constitucional o instancias judiciales europeas: el conocido como recurso de revisión. Un tipo de recurso con pocos visos de prosperar si no se han producido hechos nuevos o no hay una sentencia europea que permita revisar la condena, pero que puede paralizar la ejecución de su inhabilitación hasta que se resuelva.

Estrasburgo

Francesc Homs fue juzgado en el Tribunal Supremo por su calidad de diputado en el Congreso: una instancia judicial sin supervisores ordinarios. Los próximos pasos que tendrá que dar el exconsejero será acudir al Tribunal Constitucional y, una vez agotada la vía judicial española, ante Estrasburgo.

Artur Mas acudirá al Supremo
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<p>El expresident de la Generalitat de Cataluña anunció que llevaría su condena ante el Tribunal Supremo y la Justicia europea</p>

El propio Artur Mas ya anunció tras su condena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que acudiría a las instancias judiciales europeas "si hace falta", aunque todavía tiene opción de recurrir ante el Tribunal Supremo.

 
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