La Justicia frena la expulsión de una víctima de trata "por razones humanitarias"
El TSJ de Catalunya desestima la petición de la subdelegación de gobierno de Barcelona de expulsar a una inmigrante
La sentencia reprocha a la administración que pida su expulsión siendo víctima de explotación sexual
Madrid
Frenazo judicial a la expulsión de una víctima de explotación sexual. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha desestimado la petición de la subdelegación de gobierno de Barcelona de expulsar del país durante dos años a una mujer nigeriana que reside sin papeles en nuestro país: los jueces reprochan que soliciten expulsar a una mujer víctima de trata tutelada incluso por las autoridades locales de la capital catalana.
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Según se desprende de la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, esta mujer de origen nigeriano llegó a España hace una década huyendo de la explotación sexual, cayendo nuevamente en las redes de la trata en nuestro país. En la actualidad, siempre según la resolución, se encuentra bajo la “tutela” del Servicio de Atención Socioeducativa del Ayuntamiento de Barcelona para víctimas del tráfico de seres humanos.
Una situación que la administración pasó por alto a la hora de decidir su expulsión: fue detenida en 2015 por no residir de forma legal en nuestro país sin ningún tipo de documentación, una infracción recogida en el artículo 53 de la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España (LOEX). Primero un juzgado de Barcelona y ahora el Tribunal Superior de Justicia han decidido tumbar esa orden de expulsión del país atendiendo a la situación acreditada de víctima de explotación sexual.
Los jueces, en una sentencia todavía recurrible ante el Tribunal Supremo, reprocha a la subdelegación de gobierno de Barcelona – dependiente en última instancia del Ministerio de Política Territorial y Función Pública – haya insistido en instar la expulsión de esta mujer “omitiendo cualquier referencia a la situación” de víctima de explotación sexual, ignorando también la protección especial que la LOEX pide para las mujeres en esta situación.
Infracción “evidente”
La sentencia del TSJ de Catalunya abre la puerta a impedir la expulsión administrativa de nuestro país de mujeres víctimas de explotación sexual por residir en España de forma irregular: los jueces reconocen que “es evidente” que esta mujer no tenía documentación y por tanto cometió la infracción, pero confirma que no puede ser expulsada al haber quedado probada su condición de víctima de trata.
La resolución consigue sortear la combinación legal que permite la expulsión administrativa de las víctimas de trata en nuestro país. Explica que ser víctima de explotación sexual no está recogido entre las excepciones de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo – interés superior del niño, vida familiar y estado de salud del nacional del tercer país – pero pide tener en cuenta “las circunstancias especiales” del caso “que justifican su atención por razones humanitarias”, unido al artículo 59 bis de la LOEX que otorga especial protección administrativa a las víctimas de trata.
La “nueva esclavitud”
La trata de seres humanos con fines de explotación sexual se ha abierto paso en las estadísticas criminales de nuestro país hasta el punto de ser calificada como “la nueva esclavitud del siglo XXI” por parte de la Fiscalía en su última memoria. El Ministerio Público alerta de un “preocupante aumento” de las investigaciones en España, un 30,2% más en 2018 y 122 casos abiertos.
Tal y como reveló la Cadena SER a finales del pasado mes de octubre, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado una guía para la lucha judicial contra la trata en la que, entre otras cosas, se recomienda a magistrados y magistradas de todo el país aplicar un “enfoque de género” para combatir este fenómeno criminal, teniendo en cuenta el alto porcentaje de mujeres víctimas.