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Tribunal Constitucional

El Constitucional anula la norma que permite al CGPJ valorar el regreso de un juez a la carrera

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el artículo 367.1 de la Ley Orgánica del Poder judicial que faculta al Consejo General del Poder Judicial a declarar o no la aptitud de los magistrados suspendidos disciplinariamente para reincorporarse al servicio activo una vez que han cumplido la sanción

EFE

Madrid

Los magistrados reconocen por unanimidad que la duda planteada por la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo es muy acertada y que ese artículo de la ley vulnera los derechos de los afectados por lo que declaran que el apartado primero del art. 367 LOPJ y los incisos "tras la declaración de aptitud" y "quedando sin efecto la declaración de aptitud" son inconstitucionales y nulos.

El Constitucional resuelve la cuestión planteada por el Supremo sobre el magistrado Manuel Arce, sancionado con suspensión por un reiterado retraso en la tramitación de asuntos y por dejación de funciones. En septiembre de 2016, el magistrado finalizó el periodo de la suspensión de funciones y recurrió la decisión del Consejo de no dejarle volver a ejercer como juez. Sanción que había sido impuesta en una decena de expedientes desde los años noventa por retraso en su juzgado. En una situación similar se encuentra también el juez independentista catalán Santiago Vidal, que reclamó su reingreso a la carrera judicial y el CGPJ se lo denegó.

El artículo 367.1 establece que "el reingreso en el servicio activo de los [jueces] suspensos exigirá la previa declaración de aptitud por el Consejo General del Poder Judicial, quien recabará los informes y practicará las actuaciones necesarias para su comprobación".

El Tribunal de garantías establece ahora que la norma es imprecisa y aparece desprovista de las garantías constitucionalmente exigidas por el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE) y reserva de ley (arts. 1 1 7. 2 y 1 22 . 1 CE).

Según recoge la sentencia, “el precepto permite optar entre una pluralidad de posibilidades razonables, lo que genera una incertidumbre insuperable que solo el legislador debe y puede resolver”.

El pleno del tribunal describe que “la orfandad reguladora, en la que el término "aptitud" aparece desasido de cualquier ropaje jurídico que permita delimitarlo, produce una incertidumbre insuperable acerca de los aspectos a tomar en consideración para valorar la misma, pese a que de la declaración de aptitud depende que el magistrado pueda ejercer o no la función jurisdiccional. La norma no permite definir qué debe entenderse por aptitud y en consecuencia cuales son los parámetros para valorar la idoneidad, suficiencia o capacidad de quien pretenda dicha declaración”.

“Es cierto”, añade el tribunal “que la norma se tiene por existente y vigente, presupuestos éstos necesarios para satisfacer las exigencias de seguridad jurídica, pero no suficientes, en tanto que de la misma no resulta la posibilidad de entender lo que la norma determina: su sentido”. Según los jueces “la norma no permite prever las consecuencias que se derivan en caso de que tal declaración de aptitud se deniegue. La indeterminación de la situación en la que queda el juez o magistrado que no obtiene la declaración de aptitud es incompatible con la limitación temporal esencial en la configuración de la situación de suspensión de funciones”.

Para finalizar debe indicarse que el precepto no responde: a la situación en que queda el afectado, a cuándo puede volver a solicitar el reingreso, o, a cómo podrá justificar la aptitud una vez le hubiera sido denegada.

El tribunal estima que la norma debe ser modificada pero añade que no son ellos quien deben realizar esta revisión y para ello “resulta incontrovertido que el legislador debe fijar de modo expreso y explícito las causas y garantías a las que deberá sujetarse cualquier decisión que suponga la suspensión o separación de un juez o magistrado, pues de lo contrario la garantía de la inamovilidad se verá necesariamente concernida”.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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