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Ley Reforma Laboral

El Constitucional da la razón a Unidos Podemos contra el veto presupuestario del gobierno de Rajoy en materia de reforma laboral

El tribunal de Garantías declara nulos los acuerdos y ordena retrotraer las actuaciones "al haberse vulnerado el derecho parlamentario y el de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos"

Por el mismo motivo, el tribunal ya anuló el veto del Ejecutivo de Rajoy a debatir de pensión no contributiva, como pedía el PSOE

Imagen del Tribunal Constitucional. (EFE)

Madrid

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos-Podemos-En Comú Podem-En Marea en el Congreso de los Diputados y, en consecuencia, declara nulos los Acuerdos de la Mesa de 10 de octubre y 21 de noviembre de 2017, que decidieron que no era procedente la toma en consideración ni la solicitud de reconsideración de la Proposición de Ley para el fortalecimiento de la negociación colectiva en las relaciones laborales.

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La sentencia declara que se ha vulnerado el derecho del Podemos “al ejercicio del cargo público parlamentario (art. 23.2 CE) en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, a través de sus representantes (art. 23.1 CE)”.

La decisión de la Mesa del Congreso de no dar curso a la proposición de ley de Podemos impuesta por la facultad de veto del Gobierno, según los jueces, “constituye una limitación contraria al ejercicio del oficio de los parlamentarios, como es la del derecho a la iniciativa legislativa y a que las proposiciones de ley presentadas por los grupos puedan ser sometidas al debate de oportunidad política ante el Pleno de la Cámara”.

 El gobierno argumento para vetar esta iniciativa de Podemos que de prosperar la proposición de ley se produciría una reacción empresarial que daría lugar a un incremento de los despidos, con el consiguiente incremento de perceptores de prestaciones por desempleo. Sin embargo, según el Constitucional, el gobierno de Rajoy “no ofrece ningún dato objetivo que permita conocer cómo obtiene la cifra de 100.000 nuevos perceptores de prestaciones por desempleo y el importe de 1.500 millones de euros más de gasto en esas prestaciones”.

La Sentencia considera que el referido informe del gobierno se basa en meras hipótesis y carece de una fundamentación objetiva, “pues no establece la relación directa entre las medidas de la Proposición de Ley y las concretas partidas presupuestarias de gastos que se verían afectadas; de manera que incumple con los requisitos de motivación exigido”.

Por estas razones, el Tribunal ordena “retrotraer las actuaciones hasta el momento inmediatamente anterior al de su resolución para que la Mesa del Congreso de los Diputados dicte un nuevo acuerdo sobre la solicitud presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos-Podemos-En Comú Podem-En Marea, que sea respetuosa con los derechos fundamentales cuya vulneración se reconoce”.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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