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Atresmedia deja fuera a Abascal y propone realizar un debate a cuatro

El grupo mediático estudia recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo y propone un debate sin Abascal

Atresmedia recurrirá la decisión de la Junta Electoral y propone un debate a cuatro sin la presencia de Vox / EUROPA PRESS EUROPA PRESS

Madrid

Atresmedia responde a la Junta Electoral Central y ofrece celebrar un debate electoral entre los candidatos a la presidencia, Pedro Sánchez (PSOE), Pablo Casado (PP), Albert Rivera (Ciudadanos) y Pablo Iglesias (Unidas Podemos), un debate a cuatro sin Vox. El grupo Atresmedia respeta, pero no comparte la decisión de la JEC con el debate electoral del 23-A.

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Los servicios jurídicos del grupo estudian recurrir, si fuese posible, la decisión ante el Tribunal Supremo. Atresmedia asegura que el criterio es estrictamente periodístico ya que el partido político Vox ahora tiene representación en Andalucía y, además, todas las encuestas le dan más del 10% de votos.

La Junta Electoral Central ha rechazado durante la tarde este martes el debate planteado por AtresMedia para el próximo día 23 por ser contrario al principio de proporcionalidad que deben respetar las televisiones privadas. Esta decisión, en concreto, consideraba que Vox no obtuvo representación parlamentaria en las pasadas elecciones y el número de votos recibido fue del 0,1%. Por el contrario, PSOE, PP, Unidas Podemos y Ciudadanos sí cumplían con ese criterio de acuerdo a los resultados de 2016.

Vox, argumenta además la Junta, tampoco reuniría la condición del grupo político significativo. Si es cierto, que obtuvo más de un 5% de votos en las recientes elecciones andaluzas -el 10,96%- pero eso sólo le daría derecho a participar en debates emitidos en emisoras o programaciones en ese territorio.

AtresMedia había alegado que va a celebrar otro debate el 20 de abril con dos de las formaciones recurrentes y sin Vox, pero la Junta responde que no se puede establecer el criterio de proporcionalidad de manera voluntaria sino obligatoria.

La decisión de la Junta Electoral ha llegado después de que PNV, JuntsxCat y Coalición Canarias recurriesen tras considerar que la formación liderada por Abascal no tenía un grupo significativo en la cámara.

Qué dice la ley

El artículo 66 de la Ley Electoral establece que durante el periodo electoral los medios privados deben respetar los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas y en la información relativa a la campaña.

En dos instrucciones posteriores, de 2011 y de 2015, aclara además que se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en las ultimas elecciones generales sin que ello impida infomar también sobre otros partidos que no se presentaron o no obtuvieron representacion parlamentaria.

Los partidos que participen en los debates o entrevistas también deben cumplir la condicion de "grupo político significativo", es decir, que hayan obtenido un 5% de los votos en el territorio por el que se presentan. Una coalición electoral también se considerará grupo político significativo si una de las formaciones llega al listón del 5% de los votos.

Precedentes

Hubo un precedente en 2015, cuando la Junta Electoral si avaló un debate de AtresMedia con PSOE, PP, Ciudadanos y Podemos. El organismo electoral excluyó por aquel entonces a IU y UPyD. La junta se basó en que PSOE, PP, Ciudadanos y Podemos eran grupos políticos significativos por el resultado que obtuvieron en las Elecciones Europeas, pero pidió a la televisión privada que fijase medidas compensatorias, es decir, que celebrara debates bilaterales o plurilaterales entre los partidos excluidos y que ofreciera información suficiente sobre estos partidos en los espacios de informacion política.

Nieves Goicoechea

Nieves Goicoechea

La mayor parte de mi carrera la he desarrollado en la radio. También “conocí el poder por dentro” como...

 
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