La reforma del Código Penal del Gobierno podría reducir las condenas de los presos del procés
Una reforma del Código Penal que contemple la rebaja en las penas de los delitos de rebelión o de sedición sería aplicable a los presos del procés, ya que tendría carácter retroactivo
Madrid
El Ejecutivo ha anunciado que promoverá una reforma global del Código Penal que incluya la revisión de delitos de sedición y rebelión y la posible tipificación del delito de convocatoria de referéndum ilegal.
La letra pequeña de esta reforma todavía no esta redactada, pero fuentes de la jurisdicción penal, aseguran que la nueva norma pasaría por una rebaja en la pena que lleva aparejada el delito.
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Es decir, si el delito de sedición contempla hasta 15 años de cárcel, una rebaja de uno o dos grados lo dejaría en un máximo de 3 o 4 años de cárcel.
Todavía esta por ver si esta modificación a la baja afecta a ambos delitos porque podría endurecer el delito de rebelión, adecuándolo al siglo XXI para que "recoja de forma inequívoca aquellas figuras penales en función de la realidad y además, podría también suavizar el delito de sedición, aclarando determinados comportamientos delictivos".
En todo caso, la rebaja de la penal, implica también la rebaja en la condena de inhabilitación, que se vería reducida, y podrían acceder antes a nuevas obligaciones política
El camino que se utilice para hacer la reforma también es relevante en este Gobierno de coalición ya que si la propuesta de reforma parte del Gobierno con la presentación de un proyecto de ley, la opciones de Unidas Podemos para aportar novedades seria mas limitada. Si la reforma la presenta el Grupo Socialista con una proposición de ley permitiría a Unidas Podemos presentar su propia propuesta, en un debate que tendría que abrirse en el Congreso.
La reforma "en beneficio del reo"
Una reforma del Código Penal que contemple la rebaja en las penas de los delitos de rebelión o de sedición sería aplicable a los presos del procés.
El Código Penal establece en sus primeros artículos (art. 2) que las leyes penales que favorezcan al reo, aunque entren en vigor cuando ya haya sentencia firme y la persona estuviese cumpliendo condena, como es el caso de los presos independentistas, será aplicable como norma mas favorable.
Es decir, tendrá un efecto retroactivo y significaría una rebaja en el tiempo de condena establecido hasta ahora.
Para aplicar esta nueva norma, mas beneficiosa, el tribunal sentenciador, en este caso, el Tribunal Supremo deberá revisar la condena y acomodarla al nuevo marco legal.
La ley establece expresamente que esta revisión se puede realizar de oficio por el Tribunal, sin que nadie se lo pida, y establece también que debe ser escuchado el recluso.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...