¿Tengo que llevar la mascarilla puesta en la terraza del bar? ¿Y en una casa con amigos?
Desde el pasado 21 de mayo es obligatorio el uso de mascarilla para los mayores de seis años en adelante en la vía pública
Estas son las excepciones que eximen del uso obligatorio de la mascarilla
Madrid
Desde el pasado jueves 21 de mayo, el uso de mascarilla para los mayores de seis años en adelante en la vía pública es obligatorio, tanto en espacios al aire libre como en cualquier espacio cerrado de uso público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se aclara el uso de esta medida para evitar la propagación del virus.
Más información
Desde que se confirmara el primer caso en La Gomera el pasado 31 de enero, las autoridades españolas han confirmado 235.772 casos y 28.752 fallecidos como consecuencia de la crisis del coronavirus. Por esa misma razón, y para evitar un nuevo rebrote en el número tanto de contagios como de fallecidos, desde las autoridades sanitarias inciden en la necesidad de llevar mascarilla y mantener la seguridad interpersonal en todo momento.
Las excepciones que eximen del uso obligatorio de mascarilla
Sin embargo, según recoge el Boletín Oficial del Estado, existe una serie de excepciones que eximen del uso obligatorio de la misma. En primer lugar, el BOE aclara que los niños y niñas menores de seis años no tienen por qué utilizarla. No obstante, el Gobierno explica que su utilización es "recomendable" para los niños de entre tres y cinco años de edad.
A continuación, el BOE también exime del uso obligatorio de mascarilla a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla. También aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad. Por último, desde el Gobierno aclaran que el uso de mascarillas no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles o circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso de mascarillas en el deporte, en las terrazas y en el coche
¿Tengo que ponerme mascarilla para salir a hacer deporte? Según ha dado a conoce el ministerio de Sanidad en declaraciones a la Cadena SER, la actividad de quienes van a correr entra en las excepciones por el "desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla". Por lo tanto, el uso de mascarillas en el deporte no es obligatorio.
Tampoco cuando vayamos a realizar otras actividades incompatibles como "la ingesta de alimentos y bebidas". Por lo tanto, y si estamos realizando cualquiera de estas actividades en las terrazas de los bares, estaremos eximidos del uso de mascarilla. No obstante, desde Delegación del Gobierno han explicado que las mascarillas son obligatorias cuando se reúnen personas que no viven en el mismo domicilio y no puedan mantener los dos metros de seguridad interpersonal. Por lo tanto, tendremos que llevar la mascarilla en la medida de lo posible y quitárnosla para consumir los distintos productos.
Por último, y si vas a coger el coche, recuerda que las mascarillas son de uso obligado en los coches en los que viajen personas que no convivan. Un caso que también se aplica al transporte público.
Toda la información sobre el coronavirus
Consulta la evolución de contagiados, fallecidos y recuperados en España y los últimos datos por Comunidades Autónomas. Y no te pierdas el podcast Informe Coronavirus (escúchalo en nuestra App en iOS y Android o suscríbete en iTunes, iVoox, Spotify o tu agregador favorito). También puedes recibir nuestra newsletter diaria con las noticias, reportajes y audios más destacados del día.
David Justo
(Astrabudua, 1991) Periodista especializado en tecnología y buscador de historias virales e inverosímiles...