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Pederastia

Diez años de cárcel a pederasta que se hacía pasar por chamán para abusar de una niña

Consiguió que una niña se sometiera a sus abusos haciendo creer que recibía emails de un chamán y que era la reencarnación de una diosa precolombina

Dos magistrados opinan que se convirtió en el "jefe espiritual" de la víctima y que eso debería agravar su condena

El acusado consiguió que la niña se sometiera a sus abusos / Getty

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido rebajar a diez años y tres meses la condena de cárcel de un pederasta que abusó de una menor de edad en Galicia haciéndose pasar por un falso chamán esposo de una diosa precolombina. Los jueces le retiran la agravante de prevalimiento al entender que su relación con la menor no era tan cercana y que basó su superioridad en una "ficción" de dioses y reencarnaciones que la niña creyó, pero dos de los magistrados de la sala entienden en un voto particular que sí "concurre una situación de superioridad".

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Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron en A Coruña a lo largo del año 2013 cuando los padres adoptivos de la víctima, una niña de doce años, abrieron un negocio ayudados por un amigo. Fue este hombre el que en un momento dado empezó a dirigir correos electrónicos de contenido esotérico a la madre y a la hija: ante la primera era "un vidente que conocía a un chamán que ya había muerto y que le había traspasado los poderes" y ante la segunda "el esposo" de la diosa Oda, cuya reencarnación era ella misma.

El objetivo real del pederasta era poder abusar de la niña. Consiguió entre otras cosas que la madre hiciera un vestido con taparrabos para la pequeña y que la propia niña se sometiera a sus abusos. Lo hizo "a través de acrecentar su interés por temas de la mitología del continente sudamericano, haciéndole creer que ella era la reencarnación de una antigua diosa llamada Oda, y el la del esposo de dicha divinidad", y que debía mantener relaciones con el amigo de sus padres - él mismo - amenazando con consecuencias para su familia.

El Tribunal Supremo acaba de rebajar a diez años y tres meses la condena de prisión de más de once años que le impuso en un primer momento la Audiencia Provincial de A Coruña por abusos sexuales al declarar probados todos los hechos pero considerando que todo el montaje esotérico que urdió a través de sus correos no pueden ser traducidos en un agravante de superioridad. El asunto ha dividido por la mitad al tribunal con dos de los cinco magistrados de la sala emitiendo un voto particular contrario apostando por mantener la versión agravada.

El "jefe espiritual"

En un primer momento la Audiencia Provincial decidió aplicar el agravante de superioridad del artículo 183.4.b del Código Penal al entender que su relación cercana con sus padres y con la propia niña facilitó los abusos, pero la sala segunda del Supremo lo retira y le baja la condena al restar peso a esa relación familiar. También explora la posibilidad de que la superioridad llegue a través del relato ficticio de dioses y chamanes que usó para conseguir que la niña se sometiera y concluye que tampoco es suficiente.

El caso ha sido sentenciado en firme por el Tribunal Supremo

El caso ha sido sentenciado en firme por el Tribunal Supremo / EFE

La estrategia, dice la sala, pone de manifiesto la "singular malicia" y el "instinto depravado" del pederasta pero explica que "la relación de superioridad ha de basarse en circunstancias reales y no imaginarias o ficticias". Concluye la sala que  "no podemos construir la agravante por la superioridad predicable de la "diosa Oda" respecto de su reencarnación en el siglo XXI. Eso no es una situación de superioridad. Esta debe ser preexistente y real, no una ficción o un engaño o añagaza urdida por el autor".

"Puede resultar hilarante"

Algo con lo que discrepan los magistrados Andrés Martínez Arrieta y Susana Polo. Reconocen que en los últimos años lo pronunciamientos del Supremo sobre este asunto no han sido "del todo precisos y uniformes" pero que éste pederasta "ocupaba una situación de superioridad nacida de una creencia firme por la que había abducido a la madre y a la hija" hasta ser considerado su "jefe espiritual".

Explican estos dos magistrados que "por más que pueda resultar hilarante para un sector mayoritario de la población, es para sus creyentes una relación de naturaleza espiritual que establece unas situaciones parangonables con creencias más generalizadas." Esto "sería el supuesto de creencias religiosas, sectas, etc., con fuertes vinculaciones anímicas y espirituales y posibilidades de actuaciones de supremacía, que no excluyen la relación de superioridad cuando posibilitan la agresión".

 
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