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Consejo de Ministros

El Gobierno crea un nuevo supuesto para acceder al bono social eléctrico

Da acceso a un descuento directo en el recibo de la luz del 25%. Se extinguirá el 30 de junio de 2021

Uno de los hogares vulnerables, en Badalona. / LLUIS GENE/AFP via Getty Images

Madrid

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo supuesto para acceder a la condición de consumidor vulnerable y, con ello, dar acceso a estas personas al bono social eléctrico, con el fin de proteger a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la pandemia provocada por el Covid-19, según informa la agencia Servimedia.

Será considerado "consumidor vulnerable", condición que da acceso a un descuento directo en el recibo de la luz del 25%, la persona en situación de desempleo, Expediente Temporal de regulación de Empleo (ERTE) o que haya visto reducida su jornada laboral por motivo de cuidados o para afrontar otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, en caso de ser empresario.

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También recibirá el mismo tratamiento si alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de desempleo, Expediente Temporal de regulación de Empleo, o haya visto reducida su jornada laboral por motivo de cuidados o afrontar otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, en caso de ser empresario.

En cualquiera de estos casos, para poder acceder al bono social, los ingresos de los miembros de la unidad familiar deben ser, en el mes anterior al momento en el que se presenta la solicitud del bono social completa, inferiores a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (11.279 euros); 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (15.039 euros), o 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (18.799 euros).

Estos multiplicadores se incrementarán en 0,5 puntos, en cada caso, siempre que concurran circunstancias especiales como que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%, o que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

Para solicitarlo

Las personas que se encuentren en uno de estos supuestos, deberán presentar una declaración responsable -incluida en el modelo de solicitud- en el que manifiesten su situación, o la de algún miembro de su unidad familiar, y los ingresos de la unidad familiar. Una vez el comercializador reciba la solicitud y la declaración responsable –junto a otra documentación acreditativa que se necesaria (por ejemplo, libro de familia en el caso de las unidades familiares)–, debe comprobar que la solicitud y declaración responsable se han realizado correctamente y comunicar al usuario, mediante correo electrónico o teléfono (si ha optado por esta opción), el resultado de su petición.

El derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir los requisitos requeridos para ser beneficiario. El usuario está obligado a comunicar este hecho a la empresa comercializadora en el plazo máximo de un mes.

En todo caso, el derecho a percibir el bono social, en los términos de este nuevo supuesto, se extinguirá el 30 de junio de 2021, aunque podrá pasar a beneficiarse de otros supuestos del bono social si cumple con los requisitos necesarios.

 
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