El Supremo: "Todas las medidas deben quedar orientadas prioritariamente al control de la pandemia"
Una sentencia del Supremo avala que la pesca deportiva quedara excluida durante las primeras semanas de desescalada
La sentencia explica que son necesarias medidas que compaginen "el desarrollo de actividades al aire libre y recreativas" pero evitando "situaciones de riesgo que se puedan generar en concretos deportes"

Un sanitario atiende a un hombre afectado por COVID en una imagen de archivo / Europa Press

Madrid
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que avala las restricciones impuestas a la caza y la pesca deportivas durante la desescalada del pasado mes de mayo y en la que los jueces lanzan un aviso y hablan de "una situación en la que todos los medios disponibles y las medidas deben quedar orientadas, prioritariamente, al control de la pandemia", avalando que se pueda practicar deporte si se toman medidas para evitar contagios.
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La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, desestima un recurso de la Federación Española de Pesca y Casting contra la Orden de Sanidad del pasado mes de mayo que estableció las directrices de la desescalada tras la primera ola de coronavirus en nuestro país. Una orden que en su artículo 43 y dos disposiciones finales dejaba explícitamente fuera de esta flexibilización a la pesca y la caza deportivas.
Los jueces de lo contencioso del Supremo, con el magistrado Rafael Toledano como ponente, desestiman el recurso y recuerdan en primer lugar que el pleito carece "de toda incidencia real" porque otra Orden dictada un poco más tarde por Sanidad ya permitía practicar caza y pesca deportiva con determinadas medidas de seguridad, y por entender que la medidas restrictivas son necesarias. Afirma que "la dramática afectación de los intereses públicos de todo tenor ocasionada por la pandemia de la COVID-19 (...) requiere de medidas que, en lo que ahora nos interesa, que es la práctica deportiva, permitan cohonestar el desarrollo de actividades al aire libre y recreativas, con la evitación de situaciones de riesgo que se puedan generar en concretos deportes"
El Supremo apuesta por tanto por compaginar la práctica de deportes con medidas de seguridad y recuerda también que sólo controla lalegalidad y no la oportunidad de estas medidas. Esto tiene "si cabe, más sentido aún en una situación en la que, todos los medios disponibles y las medidas deben quedar orientadas, prioritariamente, al control de la pandemia. Por ello, el examen de una medida concreta no se puede aislar del conjunto extraordinariamente complejo de situaciones e intereses que debían ser acompasados, sin que se haya acreditado en modo alguno la presencia de un sesgo discriminatorio en las medidas adoptadas".
El Supremo y las mascarillas
El caso fue examinado por la sala de lo contencioso-administrativo el mismo día en que estudiaron si el uso obligatorio de mascarillas atentaba o no contra los derechos fundamentales de los ciudadanos. La sala, tal y como adelantó esta emisora, entendió que imponer el uso de este medio de protección es una medida "legítima, necesaria y proporcionada" y que en este caso "debe prevalecer el interés general sobre el individual, esto es, el derecho a la vida de la mayoría de los ciudadanos sobre la pretensión individual" del hombre que recurrió.

La sala de lo contencioso del Supremo ha rechazado el recurso de la Federación de Pesca / EFE

La sala de lo contencioso del Supremo ha rechazado el recurso de la Federación de Pesca / EFE
En los últimos seis meses la sala de lo contencioso-administrativo ha examinado decenas de recursos interpuestos contra distintos aspectos concretos del estado de alamar y las medidas tomadas posteriormente por el Gobierno para contener la pandemia, sin que por el momento se haya producido ninguna sentencia estimatoria. La primera sentencia rechazó condenar al ejecutivo y a Sanidad por inactividad a la hora de proteger a los sanitarios durante lo peor de la primera ola, pero sí reconoció que los sanitarios "carecieron de medios de protección necesarios" en ese momento.




