Absueltos dos hombres que colgaron pancartas machistas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Madrid
Colocaron carteles con mensajes como "in dubio, pro zorra" o "STOP feminazis" en los juzgados de Manuel Tovar aprovechando que el futbolista Lucas Hernández y su pareja acudían a declarar
La Audiencia de Madrid confirma su absolución entendiendo que en todo caso sería una falta de injurias ya despenalizada
Uno de los absueltos es Francisco Zugasti, presidente de una asociación antifeminista, recientemente detenido frente a la casa de Pablo Iglesias e Irene Montero
Madrid
Son un clásico en los juzgados madrileños cuando llegan las cámaras. Varios hombres que aprovechan juicios de trascendencia mediática y relacionados con el feminismo o la violencia de género para colocar pancartas con mensajes abiertamente machistas con frases como "STOP Feminazis" o "In dubio pro zorra". Ahora la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido absolver a dos de ellos que llegaron a sentarse en el banquillo acusados por la Fiscalía de un delito de odio por poner estos carteles: uno es Francisco Zugasti, presidente de la asociación antifeminista 'Projusticia' y recientemente detenido por agredir a un guardia civil frente a la casa de Pablo Iglesias e Irene Montero.
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Este grupo de hombres lleva varios años exhibiendo sus pancartas en los juzgados, por ejemplo en un juicio a varias integrantes de FEMEN en 2016, y aprovecharon nuevamente la presencia de medios de comunicación para hacerlo en febrero de 2017: cuando el futbolista del Atlético de Madrid, Lucas Hernández, y su pareja acudieron a los juzgados de violencia sobre la mujer de la calle Manuel Tovar. Pancartas asegurando que "hay negocio" en las denuncias de violencia machista en la zona por la que pasan, precisamente, las víctimas de violencia machista que acuden al juzgado.
El futbolista y su pareja fueron condenados a trabajos comunitarios por agredirse mutuamente y los portadores de estas pancartas fueron denunciados por la Fiscalía por un posible delito de odio. Ahora ha sido la Audiencia Provincial de Madrid la que ha confirmado la absolución de los dos hombres - que acudieron disfrazados al juicio - negando que estos mensajes machistas puedan ser considerados como un delito de odio tal y como solicitaba el Ministerio Público.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, los magistrados del tribunal territorial madrileño avalan la decisión de un juzgado de lo penal que entendió que esas pancartas y esas expresiones, en todo caso, podrían suponer una falta de injurias, figura despenalizada en la reforma del Código Penal acometida en 2015, y que los insultos no se dirigían a las víctimas de violencia machista. La Fiscalía llegó a pedir un año y nueve meses de cárcel para ellos.
"In dubio pro zorra"
Las pancartas que pudieron verse ese día en los juzgados de violencia sobre la mujer de Madrid, localizados en ese momento en la calle Manuel Tovar, tenían mensajes como "STOP feminazis", alusiones al teléfono de atención a las víctimas con el eslógan "llama y te desplumamos el pollo", la frase "in dubio pro zorra" y una pancarta exigiendo la derogación de la Ley de Violencia de Género de 2004 "ya".
La Audiencia Provincial confirma lo que dijo el juzgado de lo penal 18 de Madrid: que la intención de estas pancartas machistas "no ha sido la de menospreciar al colectivo femenino y en especial a las víctimas de la violencia de género pues no aparecen dirigidos contra victimas concretas o generales" sino al Poder Judicial, también a "todos los que apoyan esa actuación de los poderes públicos y que los denominan de feminazis", además de menospreciar "a aquellas personas que se aprovechan de la legislación de violencia de género que incitan o realizan denuncias falsas", tal y como dijo el juzgado en primera instancia.
La Audiencia avala estos razonamientos, en los que se dijo que estos insultos "solo de forma indirecta podría perjudicar a las víctimas de violencia machista que pudieran temer ser tachadas de aprovechadas o falsarias" y zanjando que, en todo caso, podría ser objeto de investigación por una falta de injurias, despenalizadas por la reforma legal de 2015 y en ningún caso, como pedía la Fiscalía, traducirse en una condena por delito de odio. "No encuentra este juzgador en el texto de las pancartas expresión alguna de alabanza, loa o comprensión" a los maltratadores, dijo el juez José Manuel García en primera instancia.
Cómo afecta a las víctimas
Fuentes de los juzgados de violencia contra la mujer de Madrid afirman a la Cadena SER, sin cuestionar la sentencia, que este tipo de pancartas ubicadas en las zonas de acceso y tránsito puede afectar a las mujeres que acuden a denunciar, no sólo por el mensaje que dirige a ellas sino al juzgado en el que van a entrar. "Si cuando llegan al juzgado se encuentran un ambiente que les culpabiliza, atacando al organismo, les genera muchísima inseguridad y vulnerabilidad".
Según estas fuentes, la colocación de estas pancartas puede llegar a generar "temor" e incluso una doble victimización en las mujeres que acuden a declarar, por ejemplo, contra su pareja. Recuerdan que el Estatuto de la Víctima de 2015, precisamente, busca "la efectividad frente a represalias, intimidación, victimización secundaria, daños psíquicos o agresiones a la dignidad durante los interrogatorios y declaraciones" tal y como establece.