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Absolución firme para el creador de 'PalcoTV', la plataforma que pirateaba contenido de Movistar+

Cobraba entre 8 y 10 euros a cambio de dar acceso ilegal a contenido de Movistar+

El Supremo ha rechazado el último recurso contra la absolución: lo hizo antes de que el Código Penal lo considerase delito

El Supremo ha declarado firme la absolución del creador de PalcoTV / Getty Images

Madrid

La Justicia ha declarado firme la absolución del creador de la plataforma 'PalcoTV', que entre 2014 y 2015 estuvo ofreciendo acceso ilegal al contenido de Movistar+ a cambio de unas cuotas que oscilaban entre los ocho y los diez euros. El Tribunal Supremo ha rechazado el último recurso contra la absolución de su creador explicando que sólo funcionó desde 2014 hasta comienzos de 2015 y por tanto antes de que el Código Penal castigase este tipo de difusión ilegal de contenidos.

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La plataforma 'PalcoTV' entró en funcionamiento en enero de 2014 y estuvo operando hasta enero del año siguiente, aunque los policías pudieron pagar y acceder a contenido todavía en 2016. Cobraba cuotas de entre ocho y diez euros a cambio de listas de enlaces que reproducían contenido de Movistar+ mientras otras personas subían tutoriales a YouTube enseñando "cómo acceder a canales Premium de Movistar de forma ilícita".

En un primer momento la Audiencia Provincial de Valladolid decidió imponer al creador una condena de seis meses de cárcel y multa de 3.600 euros por un delito contra la propiedad intelectural, pero después el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León optó por la absolución. Alegaron entonces los jueces que las condenas por compartir enlaces que redirigen a contenido externo fueron introducidas en el Código Penal en su reforma de mediados de 2015, es decir, antes de la actividad de 'PalcoTV'.

Una decisión que ha adquirido firmeza después de que la sala de lo penal del Tribunal Supremo haya rechazado el último recurso de la empresa contra su absolución. Los jueces de la sala de lo penal, en un auto de finales del mes de noviembre, recuerdan que no tienen capacidad para introducir cambios en los hechos probados y por tanto en las fechas de actividad de la plataforma, previa a la reforma del Código Penal de 2015.

La norma posterior

En un primer momento hasta tres acusados se sentaron en el banquillo de la Audiencia de Valladolid en un juicio en el que la Policía describió como "novedosa y estable" la herramienta desarrollada para acceder de forma ilegal al contenido de Movistar+ a cambio de dinero. El creador de 'PalcoTV' explicó en el juicio que sólo se dedicaba a "enlazar y cargar las listas" y que dejó esta actividad cuando entraron en vigor los cambios legales, pero que "hasta entonces la conciencia general en internet es que no era delito colgar listas", informó en su momento El Norte de Castilla.

El Supremo ha declarado firme la absolución del creador de PalcoTV / EFE

Fue la reforma de mediados de 2015 la que introdujo en el artículo 270.2 del Código Penal la posibilidad de castigar a quien consiga piratear contenido "ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos" protegidos por la propuedad intelectural. Explica el Supremo, con el magistrado Vicente Magro como ponente del auto, que "no cabe aplicarles una norma cuya vigencia es posterior", declarando firme la absolución dictada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

 
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