Doble derrota judicial de Vox en el Tribunal Supremo por vetar a los periodistas de la SER y El País
En la última semana los jueces de lo contencioso han lanzado duras reprimendas a la formación ultraderechista por vulnerar el derecho a la información
Vox decidió impedir la entrada de los periodistas del grupo PRISA a sus actos de campaña y a la noche electoral de noviembre de 2019
Madrid
La ultraderecha ha sufrido dos derrotas en apenas unos días en el Tribunal Supremo por vetar a periodistas de PRISA en sus actos de las últimas elecciones generales. Un veto que Vox justificó en un editorial de el diario El País y que según los jueces del alto tribunal supone una vulneración de la libertad de información e, incluso, "pulverizando los principios de pluralismo e igualdad" que tienen que regir un proceso electoral.
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La formación que dirige Santiago Abascal anunció durante la campaña electoral que no permitiría el aceceso de los periodista de la Cadena SER y El País a sus actos de campaña. Un correo en el que se informabaa de que desde ese instante el partido "no concederá acreditaciones para ningún periodista vinculado a PRISA ni para el acceso a su sede ni para cualquier otro acto" del partido en espacios privados. Posteriormente, la misma noche electoral, el jefe de prensa del partido informó a los reporteros de ambos medios que no podrían entrar a la sede de la Avenida de San Luis a seguir el transcurso de los comicios.
En público los dirigentes ultraderechistas vincularon el veto al editorial de el diario El País por el editorial del seis de noviembre de ese año, titulado 'Deber de Réplica', en el que el rotativo analizó la participación de Abascal en el debate de TVE y exponiendo el "inexcusable deber de réplica" de PSOE y Podemos ante sus postulados racistas y el papel de PP y Ciudadanos a compartir mayorías de gobierno con la ultraderecha. "Hay que distinguir entre periodistas y activistas", llegó a decir Abascal en una entrevista a la COPE.
Una postura que les ha costado dos sentencias contundentes en los últimos dos días. Una primera resolución de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo sancionó el veto que se extendió a todos los actos de campaña electoral y una segunda sentencia conocida ayer extendió el reproche al veto a la noche electoral.
"Se pulverizan los principios de pluralismo e igualdad"
La resolución conocida ayer, que tuvo como ponente a la magistrada Pilar Teso, dejó claro que un partido político no puede vetar a periodistas en una noche electoral en función de si consideran a sus medios más o menos afines. "Si el día de la votación cada partido político establece, en su respectiva sede, un régimen de admisión, en forma de acreditaciones, únicamente para aquellos medios a los que considere afines, se pulverizan los principios de pluralismo e igualdad", dice la resolución.
Argumentos similares a los utilizados en la resolución que, firmada por Rafael Toledano, cuestionaba el veto en los actos de campaña. Vetar a medios considerados "hostiles" supone para el Supremo "un menoscabo de las garantías de transparencia y objetividad del proceso electoral" y según los jueces, además, "no cabe que las formaciones políticas discriminen entre los medios de comunicación".