Multa para un policía que mató a un alunicero creyendo que disparaba munición de fogueo
Disparó contra un presunto ladrón que huía de un robo en el centro de Madrid, muriendo unos minutos después
La Justicia declara probado que cargó por error la munición real antes que la de fogueo y le disparó
Los jueces disculpan el error de cargar la munición equivocada por la poca luz, la tensión y el cansancio
Madrid
Un agente de Policía Nacional ha sido condenado a pagar una multa de 2.250 euros por matar de un disparo de escopeta a un presunto ladrón que huía de un robo en el centro de Madrid en 2018. Los jueces de los tribunales madrileños le imputan un delito de homicidio por imprudencia menos grave teniendo en cuenta que se equivocó al cargar el arma: pensaba que estaba disparando munición de fogueo cuando estaba disparando munición real y eso evita una condena mayor.
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Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, tuvieron lugar en la calle Diego de León de Madrid en la madrugada del 21 de diciembre de 2018. Varias dotaciones de Policía Nacional acudieron al lugar alertados por un posible robo con mazas en una peluquería de la zona y este agente de la Unidad de Prevención y Respuesta cargó su escopeta y disparó contra el coche en el que huían los supuestos 'cacos'.
El problema es que el agente no sabía que se había equivocado al seguir el protocolo habitual y había disparado munición real: tendría que haber dispuesto la escopeta 'Franchi' para que hiciera un primer disparo de fogueo y después uno con munición real, pero se equivocó con los cartuchos y realizó un disparo que le atravesó un pulmón. Los supuestos ladrones abandonaron el lugar en coche y le dejaron en un hospital en Vallecas diez minutos más tarde, falleciendo finalmente por el disparo.
Ahora el Tribunal Superior de Madrid acaba de rechazar el recurso de la familia y de confirmar lo que dijo en primera instancia la Audiencia Provincial: que fue un homicidio por imprudencia menos grave, teniendo en cuenta que los cartuchos eran casi idénticos y que la situación de tensión dificultó su trabajo, y que debe ser condenado a pagar una multa de 2.250 euros y a indemnizar a la familia de la víctima con 103.000 euros en total. una cantidad de la que el Estado responderá como responsable civil subsidiario.
Imprudencia menos grave
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid celebró una vista sobre el caso la semana pasada y la sentencia fue notificada a las partes el jueves, un día después. Una sentencia que confirma lo que dijo anteriormente la Audiencia de Madrid: que fue un homicidio pero por imprudencia menos grave, lo que además de la multa supone que no queda inhabilitado para ejercer como policía y se le prohíbe llevar armas durante un año y medio.
La Audiencia Provincial disculpó al agente alegando que los cartuchos de munición real y de fogueo eran muy parecidos y que "la acción tuvo lugar por la noche, en el interior de un vehículo policial en movimiento circulando a alta velocidad por la ciudad y con la necesidad de actuar con urgencia en una intervención para la detención de los delincuentes; lo que genera un mayor riesgo de equivocación", siendo además "una hora avanzada de la noche, cuando el cansancio puede afectar más a las personas; y además en la segunda noche de trabajo continuada del acusado, tal y como declara en el plenario él mismo".
"Solvente y profesional"
En cuanto al disparo, que la Justicia reconoce que al ser en teoría de advertencia podría haberse realizado al aire, explican los magistrados que "el acusado pensó que había una situación de peligro para una persona caída en el suelo". Varios agentes han reconocido que, después de este incidente, "las salvas de fogueo se han cambiado a otras de color verde, para evitar la confusión a la hora de armar el fusil" y que el agente, según declararon sus compañeros "es solvente y profesional, sin ninguna queja".
Los jueces, además de considerar que fue un homicidio por imprudencia menos grave, entienden que se le debe aplicar una atenuante simple de confesión porque después de disparar a la víctima delante de todos sus compañeros explicó lo sucedido a sus superiores. La condena no recoge ninguna inhabilitación para llevar la placa aunque sí le retira el derecho a llevar armas durante un año y medio.