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Coronavirus Covid-19

En qué casos seguirá siendo obligatoria la mascarilla desde este sábado

Sanidad y comunidades pactan las condiciones para ir sin mascarilla al aire libre desde el sábado 26 de junio

Viandantes por la calle en Barcelona. / Paco Freire/SOPA Images/LightRocket via Getty Images

Madrid

El verano ha arrancado con la relajación del uso de las mascarillas en España: desde el sábado 26 de junio no será obligatorio llevarla al aire libre gracias al avance de la vacunación y la consecuente bajada de la incidencia de casos de COVID-19. Era una de las noticias más esperadas de la desescalada, y finalmente el Consejo Interterritorial lo ha acordado este miércoles junto a algunas excepciones. La clave, una distancia mínima de seguridad de un metro y medio, y que hay que llevarla siempre a mano. Las condiciones definitivas serán aprobadas este jueves por el Consejo de Ministros.

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"Si miramos atrás, una de esas medidas que mayor impacto ha tenido es el uso obligatorio de las mascarillas, un elemento diario más, una medida que ha sido tremendamente útil", ha afirmado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en rueda de prensa. "Estamos en el camino a una nueva normalidad, y todos los indicadores están diciéndonos que vamos en el camino adecuado. Es aconsejable que empecemos a introducir una flexibilización del uso de la mascarilla", ha añadido, además de confirmar que, pese a las reticencias de algunas comunidades autónomas, "prácticamente han coincidido casi todas". Así, conviene recordar cuáles son los casos en los que es obligatorio actualmente usar la mascarilla y que la desescalada del cubrebocas hay que hacerla con cabeza.

En exteriores: cuando no haya distancia mínima

Según ha anunciado el Ministerio de Sanidad, en exteriores hay que seguir usándola cuando no se pueda cumplir con un máxima, la distancia mínima de seguridad de un metro y medio. Cuando no se den las condiciones necesarias para mantenerla, hay que llevar la mascarilla obligatoriamente. Con un matiz, que no sean personas convivientes. Si son convivientes no es necesaria.

Además, también se precisa qué ocurre en caso de eventos multitudinarios al aire libre. Si hay aglomeraciones, la condición para llevarla es que los asistentes estén de pie, o en el caso de estar sentados que no se mantenga, al menos, la distancia de seguridad mencionada entre los asientos. "Será obligatoria en espacios abiertos multitudinarios estando de pie, como conciertos. Si es sentado y con distancia, se puede prescindir", ha confirmado Darias.

En interiores: espacios públicos, transporte y residencias

En espacios interiores, por lo general, se hace una distinción entre espacios cerrados de uso público o en espacios cerrados abiertos al público. Darias ha puesto los ejemplos de una biblioteca, una farmacia o un supermercado. También es obligatoria la mascarilla en los medios de transporte público, ya sea autobús, metro, tren, ferrocarril, tranvía, avión, barco, etc. Sobre este último caso la ministra ha añadido que "no será obligatoria para pasajeros de barcos de buque en su camarote ni en cubierta cuando se pueda mantener la distancia".

Por último, están las residencias. Será obligatoria para residentes (personas mayores o con diversidad funcional) siempre que el porcentaje de vacunados con la pauta completa sea inferior al 80%. También será obligatoria para personas en dependencias destinadas a trabajadores esenciales, siempre que el porcentaje anterior también sea inferior al 80%. En cualquier caso, para trabajadores y visitantes sí es obligatoria y no para todos aquellos con dificultad o enfermedad que la mascarilla causa incomodidad.

Susana Elguea

Susana Elguea

Coordinadora de actualidad en CadenaSER.com. En la web de la SER desde 2001, como redactora y portadista,...

 
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