Fin del via crucis de Ángel Hernández: absuelto después de que la Fiscalía retirase la acusación
La jueza de lo penal absuelve al viudo de María José Carrasco después de que la Fiscalía retirase la acusación
Se dicta sentencia absolutoria y no el archivo del caso porque ya se había abierto juicio oral contra él
Madrid
Punto y final para el vía crucis judicial de Ángel Hernández. El juzgado de lo penal de Madrid que iba a juzgar la muerte de su esposa, María José Carrasco, ha dictado una sentencia de cuatro páginas en la que certifica su absolución después de que la Fiscalía retirase la petición de cárcel contra él tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Eutanasia.
Más información
Se trataba de la única salida posible después de que la única acusación, el Ministerio Público, retirase los cargos contra él al entender que su conducta había quedado despenalizada tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Eutanasia. En un primer momento había solicitado seis meses de cárcel para él.
Ahora el juzgado de lo penal 34 de Madrid asegura que "al haberse retirado la única acusación personada en las actuaciones procede dictar sentencia absolutoria respecto del acusado, con todos los pronunciamientos favorables, no procediendo el sobreseimiento libre al haberse ya acordado por el órgano instructor la apertura de juicio oral frente al acusado".
Ángel Hernández ayudó a morir en 2019 a su esposa, María José Carrasco, en su casa de Madrid después de varias décadas enferma de esclerosis múltiple. Fue detenido poco después y llevado a juicio por un juzgado de violencia sobre la mujer de la capital, acusado de un delito de cooperación al suicidio.
Nueva Ley de Eutanasia
Ya durante la fase de instrucción fuentes del caso afirmaban a la Cadena SER que sólo un cambio legal como el que ya entonces anunciaba el ejecutivo central podría evitar una condena para Ángel Hernández. Una de las disposiciones adicionales del nuevo texto es la que evita el banquillo: "No incurrirá en responsabilidad penal quien causare o cooperare activamente a la muerte de otra persona cumpliendo lo establecido" en la norma que regula el derecho a morir dignamente.
En su escrito, la Fiscalía de Madrid anunció que retiraba la acusación y marcando el camino del resto de casos que lleguen a manos de los jueces pero ya con la nueva Ley en vigor. "Lo determinante será valorar si, en los supuestos fácticos previos a la entrada en vigor del nuevo texto legal, concurrían los requisitos habilitantes para, de haber estado vigente, haber activado el procedimiento de asistencia a la prestación de ayuda a morir".