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Menores migrantes

La Fiscalía considera "alegal" la expulsión de menores de Ceuta a Marruecos

La Fiscalía sostiene que Interior ha "soslayado" la intervención del Ministerio Público en los trámites para devolver a los menores a Marruecos

El fiscal de sala del Tribunal Supremo firmó un decreto este fin de semana, a cuyo contenido ha tenido acceso la Cadena SER, reclamando información al departamento de Fernando Grande Marlaska

Una furgoneta lleva en su interior a menores marroquíes para su repatriación a su país de origen, en la frontera de Tarajal, en Ceuta. / Antonio Sempere (EUROPA PRESS)

Madrid

El decreto firmado el sábado por Eduardo Esteban, máximo representante de la Fiscalía en materia de menores, conmina al departamento de Grande Marlaska a que les comuniquen todos los detalles del traslado de los menores ya que, dice, la intervención del fiscal ha sido soslayada y solo conocen el nombre y DNI de los menores. La notificación que hizo interior Interior fue un hecho, consumado, cuando debería haberse notificado con antelación a los traslados. El decreto del Fiscal Jefe de Menores reconoce que Marlaska comunicó mediante un correo de la Secretaria de Estado de Interior que no estaba firmado que se iba a proceder al traslado de los menores. 15 en una primera tanda y 145 mas adelante. Esta información llegó un día después de que comenzarán las devoluciones al reino de Marruecos. Según este documento, a cuyo contenido ha tenido acceso la Cadena SER, no consta ningún información sobre la tramitación y protocolos que exige la ley de extranjería.

Más información

En consecuencia, el fiscal de sala acordó la apertura de diligencias preprocesales de protección de menores porque desconocen cual ha sido "el procedimiento acordado para llevar a cabo dichos retornos con especial indicación de las medidas adoptadas para garantizar el respeto de los derechos de los menores, con indicación de si se ha incoado un expediente individual relativo a cada menor, si éste ha sido oído en el mismo, y si se ha comunicado cada expediente al fiscal y cualquiera otra cuestión que considere oportuno comunicar”.

Situación alegal

Fuentes de la institución, apuntan que la situación de los menores puede ser alegal, porque la fiscalía no ha intervenido en los expedientes. Los mayores de 16 años, nos recuerdan, tienen que ser escuchados en presencia del fiscal y hay que darles un plazo de tiempo por si no están de acuerdo y quieren recurrir la medida, en cuyo caso hay que facilitarles asistencia letrada gratuita. Los menores de 16 años deben tener, además, un defensor judicial para preservar su seguridad.

Fundamentos

Los argumentos jurídicos en los que se basa este decreto del fiscal jefe de menores precisan que la Constitución Española en los artículos 39 y 124 establece la obligación del fiscal de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad. Además, según el estatuto orgánico del ministerio fiscal en su artículo 3.7 , el fiscal debe intervenir en los procesos civiles que determine la ley cuando puedan afectar a personas menores incapaces o desvalidas en tanto se provee de los mecanismos ordinarios de representación.

Código civil

El código civil en su artículo 174.1 establece que incumbe al fiscal la superior vigilancia de la tutela acogimiento o guarda de los menores a qué se refiere esta sección y , en cuarto lugar, la ley orgánica 1 /1996 de protección jurídica del menor y su artículo tres establece la obligación de los poderes Públicos de garantizar el respeto de los derechos de los menores reconocidos por las leyes y de los tratados internacionales.

El escrito de la Fiscalía de Ceuta

Este decreto de Esteban sirvió de base para que la Fiscalía de Ceuta se opusiera este domingo al traslado de una nueva remesa de 15 menores a Marruecos. El juzgado rechazó la petición de las ONG´s porque ya se había producido la salida de los menores. El fiscal se alineó con la idea de paralizar el proceso porque no existe "expediente administrativo, ni resolución administrativa" que avale el proceso.

El escrito, al que ha tenido acceso la Cadena SER, subraya que "solo consta como fundamentación jurídica de la petición un oficio de la Secretaria de Estado de Seguridad, sin firma, en el que se dice que se va a proceder a la repatriación de los menores demandantes en previsión del artículo 5 del Acuerdo entre España y el Reino de Marruecos".

Y ese artículo, añade, "dispone que el retorno solo puede realizarse en todo caso con observancia estricta de la legislación española, las normas y principios de Derecho internacional y de lo establecido en la Convención sobre los derechos del niño". Y en este caso, concluye, "no consta la tramitación que, para la repatriación de menores no acompañados, exige nuestra legislación de extranjería".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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