Juristas consultados por la SER sostienen que la propuesta de Igualdad de Vox no casa con la Constitución
La SER envía el texto a distintos juristas, que aseguran que choca en forma y en fondo con la carta magna
Madrid
La Cadena SER ha remitido el proyecto de ley de igualdad y no discriminación que Vox ha sometido a votación este jueves en la Asamblea de Madrid a destacados constitucionalistas. La respuesta ha sido unánime. El texto no superaría un examen de derecho constitucional ni en la forma ni en el fondo.
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Regula materias reservadas a Ley Orgánica, no ha tenido en cuenta que en las Cortes Generales ya se tramita una ley "más ambiciosa" sobre esta materia con la que no puede entrar en contradicción y regula aspectos en educación, sanidad, medios de comunicación o familia que pueden chocar con leyes superiores.
Derogar las leyes LGTBI
La ley, resume uno de los juristas consultados que ha remitido sus conclusiones por escrito a esta emisora, "es un conjunto de cláusulas generales, indeterminadas o nulas que solo persigue derogar las leyes LGTBI que hay en vigor". Francisco Caamaño es exministro de Justicia, abogado y profesor de derecho constitucional pone voz a las dudas sobre la constitucionalidad del proyecto.
En la misma línea se pronuncia el abogado en ejercicio y exletrado del Tribunal Constitucional, Manuel Fernández Fontecha.
Recuerda al pin parental
Y es que en materia de educación, la propuesta de la formación ultra recuerda al pin parental. A pesar de la abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el derecho de los padres en materia educativa planea sobre el articulado junto al respeto al ideario del centro. El proyecto habilita a la Comunidad de Madrid a eliminar contenidos educativos que impliquen cualquier discriminación. Francisco Caamaño.
El desafío de este borrador a leyes en vigor que ya regulan derechos fundamentales es bastante amplio. No hay ninguna mención a la violencia machista y cuando regula la violencia en el ámbito familiar habla de "persona acosada y persona acosadora". En el campo sanitario se posicionan claramente como muro de contención frente a las leyes del aborto y de la eutanasia.
Objeción de conciencia
El artículo 26.3 recoge que "se garantizará el ejercicio de la objeción de conciencia de todo profesional sanitario cuando se trate de actuaciones dirigidas a provocar la muerte de un ser humano o atenten contra el derecho a la vida y la integridad física". La ley también permite, llamando a la policía si hiciera falta, expulsar de locales y espectáculos públicos a personas que "lleven o exhiban símbolos, indumentaria u objetos que inciten a la violencia o la discriminación" sin especificar nada más. A los medios de comunicación les obliga a tener un código deontológico sobre no discriminación para poder acceder a financiación pública. Un forma de controlar los contenidos. Manuel Fernández Fontecha.
Las sanciones por vulnerar esta ley que no va a salir adelante van desde los 200 hasta los 45.000 euros, pero aquí los juristas consultados también ponen el acento en dos aspectos. El primero es que muchas de las conductas que sancionan no son infracciones administrativas que merezcan una multa, sino delitos que ya recoge el código penal. Y el segundo que no se puede establecer, como hace esta norma, que los procedimientos administrativos que estén en trámite cuando entre en vigor se seguirán por esta ley y no por la anterior.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...