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Crónica:

Vía libre al 'Wi-Fi comunitario'

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones permite la instalación de un servicio común inalámbrico si es prestado por un operador y no se cobra por su explotación

Vía libre al Wi-Fi comunitario(Getty Images)

Vía libre al Wi-Fi comunitario

Una promotora solicitó a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones si podía instalar una red Wi-Fi en un bloque de viviendas de protección oficial, y ésta ha dado luz verde a la adopción del servicio siempre que esté en manos de un operador y no se le cobre por su uso.

Una promotora municipal de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) presentó una consulta a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) sobre los requisitos necesarios para instalar una red WiFi y prestar servicios de acceso a Internet en sus viviendas de protección oficial en régimen de alquiler.

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Así, en lo que se refiere a la explotación de la red inalámbrica, el organismo regulador de telecomunicaciones entiende que la red WiFi será propiedad de la promotora (Promusa), una sociedad participada en su totalidad por el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès, y cedida al operador que vaya a prestar el servicio de acceso a Internet "sin cobrar cantidad alguna por su uso o explotación".

Además, la red se instalará en el interior de los edificios y formará parte de los elementos comunes, por lo que Promusa, que no presta ningún servicio, no deberá inscribirse en el Registro de Operadores del organismo presidido por Reinaldo Rodríguez. Respecto a la prestación del servicio de acceso a Internet, la CMT entiende que la relación contractual se establece entre el operador de telecomunicaciones y los inquilinos de las viviendas de Promusa y por lo tanto será el operador contratado por la promotora el que deberá notificar el inicio de la actividad al organismo.

Asimismo, para asegurar "la transparencia y los derechos de los usuarios", los contratos de arrendamiento deberán incluir una cláusula en la que se contenga los datos del operador y el contrato suscrito, y los recibos mensuales deberán reflejar de forma desglosada el importe correspondiente a la cuota del servicios de acceso a Internet.

 
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