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La miel y las abejas en la historia y el robo de colmenas desde el siglo XVI

Los tipos de miel, la implantación de la apicultura en América, procesos judiciales por el robo de colmenas y un manual del buen colmenero de 1585

Los visigodos ya legislaron sobre el control de las abejas y las colmenas. / Pixabay

Los visigodos ya legislaron sobre el control de las abejas y las colmenas.

Cuenca

En el espacio Así dicen los documentos que coordina Almudena Serrano, directora del Archivo Histórico Provincial de Cuenca, y que emitimos los jueves en Hoy por Hoy Cuenca, hablamos esta vez de este rico producto, la miel, que tantas propiedades tiene; de sus productoras, las abejas, y de quienes, siempre amigos de lo ajeno, en algún momento las robaron. Como siempre hacemos, los documentos antiguos serán los encargados de guiarnos en este conocimiento del pasado tan dulce de la miel.

La miel y las abejas en la historia y el robo de colmenas desde el siglo XVI

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Como la excelencia de la miel es por todos bien conocida, empezamos hablando de algo que no lo es, como los tipos de miel que había y se vendían en muchas boticas durante el siglo XVI. Y aquellos tipos de miel fueron los siguientes: la miel anacardina, miel de Antequera, miel de Aragón, de centáurea, miel rosada, rosada alejandrina y miel rosada pérsica. Esta miel se compraba por libras y arrobas y se transportaba en carretas y en cántaras.

Sin embargo, bastantes siglos antes, con los visigodos, la legislación que emitieron ya hablaba de las abejas y sus daños. Veamos cómo se legisló en este sentido. En primer lugar, para quienes encontrasen abejas de otras personas: El que hallare abejas agenas en su monte, piedras, o árbol, haga corchos de modo que por alguno no pueda hacer engaño, y quien así no lo hiciere y quebrante señal agena, páguelo doble al engañado, y reciba 10 azotes.

En segundo lugar, sobre los dueños que colocasen sus abejas en sitios que causasen perjuicios a otros: Quien hiciere abejera de abejas en poblado y causare perjuicio a otros vecinos, luego debe mudarlas de allí y ponerlas en sitio donde no hagan daño a hombres ni animales.

En el Archivo Histórico se conserva algún expediente sobre colmenas perdidas por haber sido destruidas, en el año 1585.

En el Archivo Histórico se conserva algún expediente sobre colmenas perdidas por haber sido destruidas, en el año 1585. / Getty Images

En el Archivo Histórico se conserva algún expediente sobre colmenas perdidas por haber sido destruidas, en el año 1585.

En el Archivo Histórico se conserva algún expediente sobre colmenas perdidas por haber sido destruidas, en el año 1585. / Getty Images

Si después de requerido no quiera mudarlas, y las abejas maten algún animal, pague por él otros dos iguales. Y si lo dañare, quédese con él y pague otro tal sano a su dueño, con más 5 sueldos.

Veamos ahora el castigo para los que robasen abejas: El que entrare en sitio de abejas para hurtarlas y fuere allí aprehendido, aunque no las hurte, pague 3 sueldos y reciba 50 azotes. Si algo tomare páguelo con 9 tantos y haya la dicha pena de azotes. Si fuere siervo, reciba 100 azotes, no llevándose nada de la abejera.

Y llevándose alguna cosa, páguela con 6 tantos. Y si el señor no quisiere dar satisfacción por él, debe darlo por razón de ella.

En el Archivo Histórico se conserva algún expediente sobre colmenas perdidas por haber sido destruidas, en el año 1585.

Otro aspecto en el que nos vamos a detener es que las colmenas se llevaron a América. Sobre esto, sabemos que, en el año 1543, se dieron instrucciones a los oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla sobre llevar colmenas de abejas a la isla Española, San Juan y Cubagua, por la falta de miel y cera que había en ellas.

En el año 1671 se inició una causa criminal que siguió Juan de Ocaña, gobernador de la villa de Ambite, contra Juan Sánchez Pastor, vecino de ella, por haber escalzado un colmenar del vizconde de dicha villa, y roto las prisiones, haciendo fuga de la cárcel, por lo cual dio sentencia dicho gobernador y justicia mayor en 7 de junio de 1671, condenándole en 6 años de destierro de dicha villa, en 23 maravedís para la cámara del dicho señor vizconde y gastos de justicia, por mitad, y en las costas procesales.

Veamos lo que dice el texto de la sentencia: Fallo atento los méritos desta causa que me refiero que debo de declarar y declaro a Juan Sánchez Pastor, mediante la fuga que hizo de la prisión en que estaba, por perpetrador del destrozo y descalzo de colmenas del colmenar del Vizconde, mi señor, mando que de los bienes del dicho Juan Sánchez Pastor se le dé entera satisfacción, dando su palabra que cada y quando quel susodicho parezca y alegue desa justizia y conste no estar culpado (…)

Y más le condeno en seis años de destierro desta villa y seis leguas, en contorno los tres precisos y los tres a voluntad del vizconde mi señor o de otro juez competente que tenga derecho a lo referido.

Y, asímismo, le condeno en dos mil maravedís que aplico para la cámara de su señoría y gastos de justicia por mitad. Le condeno en las costas deste pleito cuya tasación en mí reservo y su derecho al dicho Juan Sánchez para que presentándose en la cárcel pública y alegando lo que le convenga, se le oirá y guardará justicia.

Avanzando el tiempo, llegamos al siglo XVIII para encontrarnos con que en el año 1706 se inició una causa criminal por la querella que puso un sacerdote contra varios vecinos de un pueblo de Álava, por el robo y los daños causados en tres colmenas de abejas que eran de su propiedad: Por quanto se me a hecho relación que la noche del día veintidós de este presente mes, le habían mirado y descorchado tres cueros de abejas, que, entre otras, tenía pinas con su grano en el abejal que el susodicho tiene en una huerta zerrada, fuera de la dicha villa, y a la parte de abajo del puente de ella, donde llaman el Cañamal.

Y le auían llevado la mayor parte de la miel y zera, dejando las dichas abejas tan despojadas y maltratadas, que precisamente se morirían, pidiéndome que respecto de lo rreferido, y de diferentes indizios y presunciones que tenía, de que el referido delito le hauían cometido algunas personas del lugar de Carasta.

Lo que correspondía hacer en aquel momento era lo siguiente: Mandase hazer reconocimiento de las casas del referido lugar para inquirir y averiguar en esta forma si se encontraba en alguna de ellas la dicha miel y zera, y qué personas habían sido las que la habían quitado de las dichas abejas.

Se mandó al alguacil de la jurisdicción que con asistencia del escribano partiese al Carasta y reconociese, con la debida vigilancia, en todas las casas de los vezinos y moradores de él, así auitables como no auitables, para averiguar si se enquentra en alguna de ellas la dicha miel y zera o algunos indizios y señales de aberla ocultado en qualquiera de dichas casas, y lo que resultare de dicho reconozimento y escrutinio lo haga poner por a continuación de este despacho para que en todo tiempo conste…

El alguacil fue allí, tomó las llaues de todas las casas habitables que ay en este dicho lugar y dejándolas zerradas, echado fuera primero y ante todas cosas las personas que en ellas estaban comenzó a entrar en casas y habitaciones.

Y esta fue la sentencia que se dictó por el robo de las abejas y la miel: Fallo, atento los autos y méritos del prozeso deste dicho pleyto, que por lo que de todos ellos resulta, debo de condenar y condeno al dicho Joseph Ruisaenz en un mill maravedís de vellón, y al dicho Francisco de Guinea, en otros mill maravedís de vellón, y a la dicha Catalina de Uribe, su lexítima muger, en quatrocientos maravedís de vellón, aplicados todos para la cámara de su excelencia el excelentísimo señor conde de Orgaz, señor desta tierra de la Ribera y su jurisdicción.

Y, además, les condeno en todas las costas causadas en su prisión y carcelería, y así bien en todas las personales y prozesales, asesorías y mensajerías en esta causa.

Al final se mandó sacar en almoneda pública los bienes de Francisco de Guinea y José de Ruisaenz que estaban embargados para hacer pago de las costas causadas en la causa criminal.

Curiosidades de las abejas en el siglo XVI

El Arte de Colmenas, que se copió de un librito que compuso y sacó a la luz Jaime Gil, el que fuera un célebre colmenista del reino de Aragón. Veamos algunas cuestiones que había que observar en el arte de las colmenas, las advertencias y consejos que daba, de las que he seleccionado algunas:

Comenzaremos por el sitio que en Invierno debían ser colocadas las colmenas: Las colmenas, en el invierno, se deben sentar en parages abrigos, donde estén guardados de los ayres cierzo y ragañón, abrigadas las colmenas con paja y tierra seca u otra cosa, bien repegadas con boñiga y barro fuerte, libertándolas quanto fuere posible de la humedad para lo que es muy del caso, sentarlas como una quarta o más, levantadas de la tierra sobre losas, baldosas o tablas fuertes, encorchadas por dentro con uso tarjadores redondos de tabla, corcho, mimbre o yeso…

En este cuadernito se dan una serie de advertencias sobre el sitio de invierno, como hemos visto, y también del mejor sitio en verano; consejos sobre cómo es mejor hacer las colmenas, cómo se embarran, cómo se portean, cuándo se deben descerar, modo de coger los enjambres, remedio para que no se vayan ni se muden los enjambres, modo de dividir dos o tres enjambres que se juntaron, señales de estar de partir las colmenas, día y hora para partir la colmena, modo de sentar enjambres y colmenas en tierra, cuántas veces se puede partir una colmena, reglas para mudar, robar, escarzar o catar las colmenas viejas o que están partidas, enfermedades del Rey y su conocimiento y remedio, enfermedades de las abejas.

¿Y cuáles son esas enfermedades que atacaban a las abejas? Uno de las advertencias que hace es la relativa a las enfermedades que acontecen a las abejas y porqué causas: la primera es de tiña, la segunda el gusano y arañuelo, que todo es uno; la tercera es la niebla, la cuarta es la caparrilla y la quinta es la seca.

Además, una advertencia muy curiosa es la de los enemigos de las abejas y los remedios que facilita para defenderse de ellos. Por contrarios entendemos los enemigos de las abejas que eran los lagartos, lagartijas, ratas, ratones, musgaños, escarabajos, tarantola, picos abejeros, arañas, tajugo, foina, zorra, osso, mal colmenexo y año malo.

Otro elemento perjudicial es la niebla. Veamos el efecto que causaba la niebla, según este tratado escrito en el siglo XVI.

Enferman las colmenas de la niebla porque quando ponen de la flor las avejas es malo y así se conoce quando hacaido niebla en que quando las avejas codiciosas trahen las que están en casa lo arrojan y sacan fuera, y si trabajan algo, es poco, lleno de amagos, principio de tiña y gusano. Si algo melan es señal que no ha sido universal la niebla y que hallan alguna flor limpia o que la trahen de tierra distante no anieblada.

En este caso infórmate dónde trabajan limpio las avejas y llévalas allá, quitándoles quanto tenga lleno de amagos y porquería, para que no se enjendren gusanos, que sobre aquella obra será milagro pongan otra, y si la ponen, buena y mala, sin sentir, se la come el gusano.

La miel que ponen de niebla es mui blanda, amargosa, acidosa y escandaliza la garganta. Si es mucha la niebla, aun las avejas que con más valor trabajan, dejan la obra, no sellan la miel y aunque tenga pollo, lo dejan perder, y así mudarlas todas donde no esté anieblada la flor, que si fuese universal la niebla, aguantan asta agosto que se acaba.

Entre los animales que les causan perjuicio están los lagartos. El lagarto, por no poder entrar en las colmenas, se pone en la piquera y se las traga vivas, y no se quita asta que se arta. Si éstos se ven, matarlos; si hacer cara por ser grandes, dales la capa o qualquier ropa a morder, y al punto que haga presa, dale buen palo.

También es bueno tener paranzas puestas en todos los colmenares, como quien le para a un ratón, solo que para el lagarto se le ha de poner para comida pan untado de grasa. Si quisieres tener algo de flema en el colmenar, los días buenos de sol, a cosa de las nueve o las diez, en la primavera, espéralos en las puertas de las viveras, y dales buena perdigonada, y con ésta, las paranzas y palos se acaban los lagartos.

Y otros animales enemigos para el buen prosperar de las colmenas son las ratas, ratones y lirones. A estos tres géneros de animales malditos, ponerles rateras de agua donde caigan y se ahoguen, paranzas de losillas o pasas con oropimiente, o rejalgar, introduciendo unos granitos más pequeños que los granillos que ellas tienen, sacándole éstos, y procurando que las pasas sean pequeñas para que se las traguen mejor sin mascar.

Y cuidado con que las vasijas donde huviere comida o bebida estén bien tapadas, no sea que entren en ellas y pagues tú lo que deben. También se pueden hazer unas masetas con arina, agua y polvos sutiles de la oja de una yerva que le dizen tejo, que es veneno para todo animal que no rumea y se ponen para los abujeros y entrepiedras en el colmenar, y si ay lagartos y lagartijas suelen también morir comiendo de dichas pasas.

Y siguiendo con los enemigos, entre éstos también se encontraban los escarabajos y la tarantola. El mal olor del escarabajo lo aborrecen las avejas de tal manera que en donde llega a la obra no trabajan más sobre ella, y así matar el que se vea por allí, y que la piquera sea vajita y larga, que así no dejan las avejas que entren estos ni las lagartijas.

La tarantola es un animal venenoso que casi siempre anda de noche y es dañosísimo a las avejas, a esta sabandija se le da la muerte con la ruda, y así en todos los colmenares es bueno que la haya.

 
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