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Elecciones Vascas 2020

Ya hay fecha para los sorteos de las mesas electorales

El Gobierno Vasco ha editado 35.000 ejemplares del manual de instrucciones para los integrantes de las mesas electorales

Recuento en una mesa electoral en Bilbao / Cadena SER

Recuento en una mesa electoral en Bilbao

Bilbao

Un total de 24.000 personas (unas 8.000 titulares y cerca de 16.000 suplentes) compondrán las mesas electorales en las elecciones vascas del próximo 12 de julio. Cualquier ciudadano censado, menor de 70 años y que sepa leer y escribir, podrá ser llamado a formar parte de una mesa como titular y suplente si es elegida en los sorteos que se realizarán entre los días 13 y 17 de junio.

Cada mesa la compondrán un presidente y dos vocales, designados por sorteo entre la totalidad de las personas censadas en el municipio correspondiente. En el mismo sorteo se nombrará a dos suplentes para cada uno de los miembros de la mesa, según ha informado este jueves el Gobierno Vasco en un comunicado.

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La designación será comunicada a las personas elegidas en los tres días siguientes a su nombramiento. Junto con la notificación, se les entregará un manual de instrucciones sobre sus funciones, elaborado por el Gobierno Vasco y supervisado por la administración electoral. Para estas elecciones habrá un total de 2.678 mesas (426 en Álava,1.400 en Bizkaia y 852 en Gipuzkoa).

En las elecciones autonómicas de 2016 hubo 2.593 mesas, de forma que en los comicios del próximo 12 de julio habrá 85 mesas más, y en consecuencia, 765 más personas llamadas a formar parte de estos órganos.

Manual de instrucciones

El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ha editado un total de 35.000 ejemplares del manual de instrucciones que recibirán, entre otras personas, titulares y suplentes designadas por sorteos para configurar las mesas electorales. Dicho manual lo recibirán los miembros de la mesa junto con la notificación de su designación, entre el 14 al 20 de junio. Como novedad, la guía recoge en un anexo las directrices sanitarias establecidas para evitar contagios por coronavirus.

Los cargos de presidente y vocal, o sus respectivos suplentes, son obligatorios para cualquier persona registrada en el censo que sea designada para ello en el sorteo. No acudir, sin causa justificada, al día de la votación puede suponer una pena de prisión o multa. Sin embargo, la ley electoral contempla la posibilidad de dispensar de tal obligación en determinados casos cuando exista una causa justificada y documentada.

Excepciones

Quedan eximidos de la obligatoriedad de acudir a la llamada de integrar una mesa las personas que se encuentren enfermas y las hospitalizadas, quienes residan fuera de la circunscripción electoral, el personal embarcado, las personas que tengan la condición de inelegibles de acuerdo con lo dispuesto en la ley, las mujeres en estado de gestación a partir de los seis meses y las que se encuentren en periodo de descanso maternal, las mujeres que se encuentran en periodo de lactancia hasta los nueve meses, y las personas de 65 o más años.

Además, no podrán formar parte de las mesas quienes formen parte de las Juntas Electorales, concurran a las elecciones como candidatos, los cargos públicos de elección o libre designación, o quienes no se encuentren en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos. Por otra parte, las personas sordas que lo deseen, podrán, si han resultado elegidas miembros de mesa, formar parte de las mismas, utilizando para ello la ayuda de un intérprete de lengua de signos. Para ello, habrán de ponerse en contacto con la Junta Electoral de Zona que les corresponda.

En los siete días siguientes a la recepción de la notificación las personas designadas miembros de mesa, podrán presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona. El impreso para realizarlas se puede descargar de la web elecciones.eus. Quienes formen parte de las mesas electorales como presidentes o vocales percibirán una dieta de 85 euros por persona. Además gozarán de la cobertura de la seguridad social ante accidentes que puedan acontecer en el desarrollo de sus funciones.

La mesa electoral se encarga de presidir la votación, recibir los votos, realizar el escrutinio y cuidar el cumplimiento de la Ley Electoral durante la jornada de votación. Las personas designadas para formar parte de la mesa electoral - titulares y suplentes- deben acudir el día de votación a las ocho de la mañana al colegio electoral para constituir la mesa. Estas personas deberán comprobrar el correcto estado de la urna y la cabina electoral, así como la existencia de papeletas, sobres de votación y el resto de los impresos electorales.

Una vez abierto el local electoral, a las nueve de la mañana, la mesa electoral se encargará, entre otras tareas, de identificar a cada elector y de comprobar su inscripción en el censo. Tras el cierre de la votación, a las ocho de la tarde, se procederá a la apertura e introducción de los votos por correo en la urna. A continuación, se abrirá la urna para realizar el escrutinio y se entregará en el juzgado la documentación electoral.

A través de la página web elecciones.eus, la ciudadanía puede encontrar toda la información referente a las elecciones en Euskadi del 12 de julio. El portal ofrece un importante volumen de información sobre la cronología del proceso electoral, su marco legal, los procedimientos de voto presencial y por correo, guías para el electorado y para las personas llamadas a integrar las mesas electorales, preguntas y respuestas, e impresos electrónicos.

Asimismo, el Departamento de Seguridad ha habilitado otros canales de información electoral, como el teléfono 012, en el que pueden realizarse consultas personalizadas, o la posibilidad de suscribirse a la cuenta de twitter @hauteskundeak, que proporciona noticias relacionadas con el proceso electoral en tiempo real.

 
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