El auto de Llarena enfría las opciones de Junqueras de presentarse a las elecciones
El juez instructor de la causa del 'procés' descarta aplicar a los fugados el tipo atenuado del delito de malversación que establece penas de inhabilitación de hasta seis años
Madrid
El juez Pablo Llarena ha dictado el auto que ajusta la investigación por el referéndum ilegal del 1 de octubre a la reforma del código penal que deroga el delito de sedición y descarta aplicar a Carles Puigdemont y el resto de fugados el tipo atenuado de malversación que prevé, en el peor escenario, penas de uno a cuatro años de cárcel y de dos a seis años de inhabilitación para los cargos públicos que, sin ánimo de lucro, dieran a los fondos públicos un uso distinto del que tuvieran previsto. Este nuevo tipo del delito era la alfombra roja para que Oriol Junqueras tuviera opciones de presentarse a las elecciones generales previstas para el año que viene o a las catalanas de 2025.
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Dice Llarena que la malversación no se comete solo cuando uno se lleva el dinero para sí mismo o para terceros porque "el ánimo de lucro resulta igualmente apreciable cuando se despoja a la Administración de unos fondos públicos para atender obligaciones de pago que corresponden al sujeto activo del delito y que están plenamente desvinculadas del funcionamiento legítimo de la Administración, como cuando se atribuye a la Administración una obligación de naturaleza particular y totalmente ajena a los intereses públicos que se gestionan".
Oriol Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel y 13 años de inhabilitación para ejercer cargo público. Los indultos conmutaron la pena de prisión, pero no la de inhabilitación que finaliza en 2031. Ahora, necesariamente, tendrá que ser rebajada a la baja, pero los primeros pasos que ha dado el Tribunal Supremo complican que pueda llegar a las próximas citas electorales, salvo que prospere un recurso ante el Tribunal Constitucional.
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Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...