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El fiscal pide atribuir el nuevo delito de desórdenes públicos a los fugados del procés

El Ministerio Público recurre el auto de Pablo Llarena porque "restringe el futuro enjuiciamiento de los procesados rebeldes por algunos de los hechos recogidos en el auto de procesamiento" y reconoce que la derogación de la sedición debilita la protección del orden constitucional

Carles Puigdemont, Toni Comin y Lluis Puig / EMMANUEL DUNAND

Madrid

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido el auto del juez Llarena para pedir que atribuya a los fugados Carles Puigdemont, Toni Comin y Clara Ponsatí el nuevo delito de desórdenes públicos agravados. El Ministerio Público mantiene la acusación por desobediencia contra Marta Rovira y Lluis Puig, al que también se le imputa la malversación. Dice el fiscal que de no incluir el nuevo delito se restringe el futuro juicio de los huidos de la Justicia por hechos recogidos en el auto de procesamiento que encajan en los comportamientos desplegados antes y durante el referéndum ilegal del 1 de octubre.

Puigdemont recurrirá ante el Supremo su procesamiento por malversación

La fiscalía reconoce que la derogación de la sedición "ha eliminado uno de los instrumentos penales de respuesta frente a las agresiones al orden constitucional, debilitando su adecuada protección", aunque a renglón seguido subraya que eso no supone la "despenalización" del 1-O, "aun cuando no cubren todo el desvalor antijurídico que los hechos probados relatan".  Y añade que "no sería entendible que la multitud de episodios violentos, organizados con la finalidad de alterar el orden constitucional, planificados, ideados, dirigidos, impulsados y realizados intelectual y materialmente por los acusados, quedaran convertidos en atípicos desde el prisma del orden público".

Es obvio, dice el escrito que "los acusados, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública (el orden público en definitiva), ejecutaron como promotores, inductores y autores mediatos, desde una organización de poder, utilizando como instrumentos a los ciudadanos convocados, actos de violencia e intimidación sobre personas y cosas, además de obstaculizar las vías públicas ocasionando peligro para las personas e invadir instalaciones o edificios alterando gravemente el funcionamiento de servicios esenciales, y propiciar los graves enfrentamientos que los miles de ciudadanos movilizados mantuvieron con la fuerzas de seguridad para dificultar e impedir el cumplimiento de sus funciones". Como es obvio también que "fue necesario el envío de miles de efectivos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para hacer frente a las movilizaciones tumultuarias y violentas convocadas, que los procesados alentaron y promovieron para hacer visible la pérdida de poder de los órganos judiciales en Cataluña y contribuyeron con las decisiones individuales que han sido descritas en el relato de hechos probados a la realidad del referéndum reiteradamente desautorizado y prohibido por el Tribunal Constitucional".

Los fiscales de sala del Supremo recuerdan que las manifestaciones y las concentraciones del 20 de septiembre y del 1 de octubre de 2017 que "estuvieron lejos de una pacífica y legítima manifestación de protesta", impidiendo la ejecución de órdenes judiciales y de la celebración de una consulta que había sido declarada ilegal.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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