Guía de la Renta 2020 y manual de fraccionamiento de pagos

El BOE publica este lunes la orden ministerial que permitirá fraccionar el pago de impuestos si se cumplen una serie de requisitos

La Pizarra de Javier Ruiz | Guía de la Renta 2020 y manual de fraccionamiento de pagos

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Madrid

Este 7 de abril empieza la campaña de la Renta que tiene como gran novedad que muchos de los afectados por ERTE van a tener la obligación de declarar. Además, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes la orden ministerial que permitirá fraccionar los pagos bajo determinadas condiciones.

DECLARACIÓN POR INTERNET
DECLARACIÓN POR INTERNET

<p>Cómo solicitar el borrador para hacer la declaración de la Renta por Internet: estos son los pasos a seguir</p>

Guía de uso para los afectados por ERTE: ¿quién tiene obligación de tributar?

Normalmente sólo hay obligación de presentar la renta si uno cobra más de 22.000 euros pero si uno tiene dos pagadores, sólo con superar el umbral de los 14.000 euros ya está obligado a hacer la declaración. Eso es lo que pasa a los acogidos a ERTE este año. El SEPE cuenta como un segundo pagador. Así que todos aquellos que hayan cobrado 14.000 euros o más a lo largo de este año (sumando lo que cobran de su empresa y lo que les haya pagado el Servicio Público de Empleo) tendrán obligación de presentar la declaración de la Renta.

Son, en total, unas 327.000 personas de los 3,5 millones de trabajadores que recibieron prestación y a muchos les va a salir a pagar porque el SEPE no ha retenido lo suficiente. Así que ¡ojo! si han estado en ERTE.

¿Y cómo funciona el fraccionamiento de impuestos? ¿cómo se hace?

Hasta ahora se podía pedir en dos plazos. Ahora Hacienda va a permitir fraccionar los pagos a la Agencia Tributaria en 6. Así que, si la declaración sale a pagar, se podrá partir en 6 fracciones iguales que se cobrarán los días 20 de cada mes a partir del 20 de julio de 2021 y hasta el 20 de diciembre sin pagar intereses de demora.

Más información

Para pedirlo:

- Hay que haber estado en ERTE.

- Da igual si es una declaración individual o conjunta.

- Habrá que solicitarlo antes de que acabe la campaña el 30 de junio, es decir, si presenta el IRPF tarde pierde la posibilidad de fraccionarlo.

- Importante: No se pueden acumular deudas con Hacienda superiores a los 30.000 euros. Es decir, si esta declaración o esta declaración más deudas anteriores superan los 30.000 euros, no se podrá solicitar ese fraccionamiento.

Eso es lo que dicta la orden Ministerial a la que ha tenido acceso la SER que recuerda es que “totalmente optativo”, es decir, que se puede seguir optando por el pago en uno o dos plazos como hasta ahora si uno lo prefiere.

Aquellos a los que el SEPE ha pagado de más, ¿qué deben hacer?

Ha habido errores de pago del SEPE y —efectivamente— hay quien ha cobrado más prestación de la que le correspondía. El SEPE está notificando ese exceso así que, como consejo práctico, retrase la presentación de la Renta hasta saber la cuantía real que le corresponde y por la que realmente debe pagar impuestos.

En cualquier caso, si le han pagado de más hay dos opciones:

- Si ya sabe la cuantía exacta que debía haber cobrado, tribute sólo por esa cuantía.

- Si no, tendrá que pagar de más ahora y presentar después una rectificación para que Hacienda les devuelva lo que haya tributado de más, ese exceso de impuestos, eso sí, Hacienda le devuelve ese dinero con intereses de demora.

Última novedad: para quienes hayan cobrado el Ingreso Mínimo Vital

Son 460.000 personas y ¡atención! Todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen obligación de presentar la declaración de la renta. Ojo, “a efectos de control”. Es decir, eso no quiere decir que vayan a pagar impuestos. Pero sí tienen que declarar.

La enorme mayoría de ellos reciben una cuota exenta así que:

- No pagarán impuestos si reciben el Ingreso Mínimo.

- Pero sí pagarán si reciben otras prestaciones que superen los 11.279 euros.

Los plazos

La campaña de la Renta empieza este lunes pero lo que se abre de momento es la ventanilla de internet. El calendario tiene estas fechas clave:

Desde este 7 de abril se pueden empezar a presentar las declaraciones por on-line y pedir los datos fiscales.

A partir del 6 de mayo se inicia la campaña telefónica.

A partir del 2 de junio, presentación presencial de la declaración en las oficinas de Hacienda y entidades colaboradoras (con cita previa).

El 25 de junio se cierra la ventanilla si la renta le sale a pagar y quiere hacerlo mediante domiciliación bancaria.

Y el 30 de junio se cierran todas las ventanillas. Finalización de la campaña.

 
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