Un juez absuelve a un hombre que amenazaba a su pareja porque "no puede infundir miedo"
Se había dictado contra él una orden de alejamiento
La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre, condenado por el juzgado de instrucción número 4 de Mollet del Vallès que dictó una orden de alejamiento por amenazar a su pareja, al entender que la amenaza no supone un anuncio de mal concreto, capaz de infundir miedo.
Oscar A.M. fue condenado en primera instancia a pagar noventa euros de multa y se le prohibió comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante 6 meses.
En esta primera sentencia se declaró probado que el 14 de septiembre de 2003, Oscar A.M. amenazó a su pareja "con que no lo denunciara porque sino se iba a enterar".
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La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso de apelación presentado por el procesado y revoca el fallo inicial al decretar la absolución y dejar sin efecto las medidas cautelares por estimar la "imposibilidad" de aceptar el relato de los hechos.
Según el tribunal provincial, "esa advertencia -negada por el acusado- no supone un anuncio de mal concreto alguno que se estima capaz de infundir miedo o temor a su realización".