Sociedad

El proyecto de Ley del Menor aumenta las penas para delitos graves

Se podrá internar a los chicos que violen la ley como integrantes de bandas organizadas

El Gobierno ha endurecido varios aspectos de su proyecto para reformar la Ley del Menor. Entre otras iniciativas, ha ampliado en un año las penas máximas que tendrán que cumplir los menores que cometan delitos graves; se introduce la posibilidad de decretar una orden de alejamiento respecto al centro escolar a los que hagan ''bulling'' contra algún compañero y además contempla de manera específica y castiga los delitos que se cometan como integrantes de bandas organizadas.

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El texto, que ha sido remitido hoy al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria, incluye algunas aportaciones realizadas por el Consejo General del Poder Judicial, el Fiscal General del Estado y las comunidades autónomas. Según explicó tras el Consejo de Ministros la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el objetivo es mejorar los instrumentos penales y procesales para luchar contra los menores y proteger por tanto la seguridad de los ciudadanos.

Una de las novedades es la respuesta que pretende dar el Gobierno contra la delincuencia de las bandas organizadas, un fenómeno nuevo en nuestro país. Para ello, se introduce la posibilidad de que se decrete un internamiento en régimen cerrado a los menores delicuentes que cometan delitos como integrantes de estas bandas.

Se sabe que en algunas de ellas el requisito para entrar o ascender de posición es cometer un determinado delito. Además son ya tristemente célebres los apuñalamientos de jóvenes por enfrentamiento de pandillas. Con la penalización expresa de estos delitos se pretende alejar a los menores de ese ambiente "que favorece o determina de manera concluyente su comportamiento delictivo".

Ingreso en prisión a los 18

De manera general el texto recoge un aumento de un año en las penas máximas de internamiento para los delitos graves y violentos o los especialmente graves como en homicidios, asesinatos, agresiones sexuales o violación. De esta manera, los menores de 14 y 15 años podrán estar en un centro hasta seis años y hasta diez los que tienen 16 y 17. En ambos casos se aplica después un período de libertad vigilada.

Además se recoge la posibilidad de que "excepcionalmente", el delincuente ingrese en un centro penitenciario al cumplir los 18 años si la conducta del menor no responde a los objetivos. La regla general será que pase a un centro penitenciario cuando cumpla 21, aunque en el caso de buena conducta, en este momento se podría declarar un régimen abierto o semiabierto. Por otro lado, se abre la posibilidad de que los menores que cometan actos graves pero no violentos como la tenencia de armas o tráfico de drogas, el juez pueda imponer medidas de internamiento.

Orden de alojamiento en caso de acoso escolar

El Gobierno no se ha olvidado de los casos de 'bulling' o acoso entre compañeros, hechos que han tenido desenlaces dramáticos en algunos casos. El borrador propone una orden de alejamiento para el agresor no sólo sobre su víctima, sino del centro escolar. Hasta ahora la única solución para los chicos que sufrían esta situación era cambiarse de colegio.

El texto no sólo recoge medidas sancionadoras. Dedica un apartado a los objetivos educativos y socio-educativos a menores que han cometido una falta. Para ellos se proponen tareas fuera del centro, que dependerán de la evolución de la persona y el cumplimiento de los objetivos rehabilitadores previstos.

Las víctimas también tienen su espacio en este documento. El borrador les reconoce su derecho a ser informados de las resoluciones que afecten a sus intereses con independencia de que se hayan personado o no en el proceso. Además se establece que la apertura del proceso penal implicará una simultaneidad con el civil, de manera que se garantizan las indemnizaciones sin necesidad de abrir nuevas diligencias. En el caso de que la víctima de agresión sexual sea un menor, se evitará su confrontación visual con el agresor en el caso de que tenga que declarar como testigo.

 
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