Sociedad
11-M

La juez Gallego revoca su propia conclusión en la investigación del caso 'ácido bórico'

La titular del Juzgado da a las partes siete días para que soliciten las diligencias de instrucción que deseen sean practicadas.

Madrid

La juez de Madrid Gema Gallego ha revocado el auto del pasado 10 de noviembre por el que concluía la instrucción del "caso del ácido bórico" y decidía llevar a juicio a los cuatro mandos policiales de los tres peritos que elaboraron un informe sobre dicha sustancia en el que relacionaban ETA y el 11-M.

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En una resolución notificada hoy, la magistrada estima el recurso presentado por el comisario general de Policía Científica, Miguel Ángel Santano; el secretario general de esta comisaría General, Pedro Luis Mélida; el jefe de la Unidad Central de Analítica, José Andradas, y el jefe de la sección de la Unidad de Análisis, Francisco Ramírez, a quienes acusó de falsedad y falso testimonio.

En el nuevo auto, la titular del Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid da a las partes siete días para que soliciten las diligencias de instrucción que deseen sean practicadas.

Indefensión

Los cuatro superiores recurrieron la decisión de la juez de transformar en procedimiento abreviado -trámite que marca el fin de las diligencias y supone un paso previo a la apertura del juicio oral- la investigación abierta a raíz de la denuncias que la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y la plataforma España y Libertad presentaron contra ellos.

En su recurso de reforma y subsidiaria apelación, los mandos policiales plantearon "la vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías y efectiva indefensión" al estimar que la resolución de la juez no había respetado el artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exige "que medie un plazo de diez días entre el levantamiento del secreto y la conclusión de las diligencias", lo que también interesó la fiscal.

En la nueva resolución, la juez explica que el 26 de octubre se dictó el auto que alzaba el secreto de todas las diligencias "practicadas por este Juzgado en la instrucción del delito de falsedad documental" y añade que hasta el 10 de noviembre- fecha en la que se dicta auto de transformación en procedimiento abreviado- "transcurrieron con exceso los diez días que dispone el artículo citado".

La magistrada señala que el secreto se mantuvo también respecto de la pieza separada que llegó desde el Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional, cuyo titular, Baltasar Garzón, había imputado por falsedad a los tres peritos que elaboraron el informe.

El auto de Garzón

Garzón, que investigaba la causa abierta por los atentados de Casablanca (Marruecos) de mayo de 2003, en la que Hassan El Haski, procesado por el 11-M y en cuyo domicilio apareció ácido bórico, había decidido inhibirse en favor de los Juzgados de Madrid.

La juez Gallego destaca que la instrucción de Garzón tuvo "nula trascendencia" en los autos incoados por su Juzgado respecto a la falsedad documental y añade que "si fue en fecha posterior de 7 de noviembre" cuando se alzó finalmente el secreto de dicha pieza separada, "en modo alguno podría esto afectar de nulidad, sino a lo sometido a secreto, es decir, a las diligencias de instrucción del delito de tenencia de sustancias explosivas de la pieza separada".

Por ello, subraya que "en ningún caso, la supuesta nulidad invocada, que ha de ser admitida con criterios restrictivos (...) podría afectar al resto de lo actuado por este Juzgado".

"En aras a evitar cualquier alegación de tal restricción (del derecho de defensa) que pudiera invocarse, a efectos de salvaguardar los principios de conservación de los actos judiciales, y el de economía procesal, en evitación de que un simple defecto formal (...) pudiera en su caso provocar, la ulterior nulidad de parte de las actuaciones, procede reformar el auto recurrido", concluye.

 
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