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La Fiscalía de la Audiencia Nacional acusa al tribunal que juzgó a Otegi de "falta de imparcialidad"

La sentencia del tribunal que absolvió a Otegi incluye un varapalo al fiscal por retirar la acusación

El tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó el miércoles al líder de Batasuna, Arnaldo Otegi, asegura en su sentencia que las pruebas de cargo eran suficientes para demostrar que el portavoz de la ilegalizada formación cometió un delito de enaltecimiento del terrorismo, pero que la retirada de la acusación por el fiscal impidió cualquier pronunciamiento de condena. Por su parte, la Fiscalía de la Audiencia acusa a este tribunal de "falta de imparcialidad" por los términos en que está redactada dicha sentencia, en una nota hecha pública tras conocerse el contenido de la sentencia.

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La sentencia del tribunal da un varapalo al Fiscal porque éste negó que el delito de enaltecimiento de terrorismo se hubiera cometido. Los magistrados de la Audiencia Nacional dicen que los hechos cometidos por el portavoz de la ilegalizada Batasuna cuando participó en un homenaje a una etarra muerta encajan perfectamente en el delito de enaltecimiento del terrorismo.

Según la Audiencia, la prueba de cargo es "directa, objetiva y suficiente" para desvirtuar la presunción de inocencia de Otegi, pero los magistrados reconocen que no pueden hacer nada porque la retirada de la acusación del Fiscal les impide dictar otro tipo de resolución. Otegi está absuelto, dicen los magistrados, pero había pruebas para condenarle.

La Fiscalía replica

La Fiscalía de la Audiencia Nacional, en una nota hecha pública tras conocerse el contenido de la sentencia, hace una serie de consideraciones sobre la sentencia dictada por la Sala 4ª de los Penal de la citada Audiencia. En ella se califica de "un hecho insólito" que en esa sentencia el tribunal asuma "funciones acusatorias que no le corresponden", lo que demuestra para la Fiscalía una "evidente falta de imparcialidad para juzgar el caso".

En esta nota, la Fiscalía mantiene que su actuación responde "la aplicación estricta de los principios de legalidad e imparcialidad" y considera que las críticas que está recibiendo "lo son en clave política al margen de los criterios técnico-jurídicos que han inspirado la decisión".

Fuentes de la Fiscalía han manifestado a la Cadena SER que "los jueces se han pasado en sus comentarios. Cuando la Fiscalía retira los cargos, el principio acusatorio decae, y en todos los juicios los magistrados asumen la decisión sin comentarios y limitándose a poner en la Sentencia la absolución, sin entrar a valorar si había muchas o pocas pruebas, o si éstas eran insuficientes".

Dichas fuentes han añadido que "se trata de normas usuales de comportamiento procesal y de cortesía judicial". La reacción de los magistrados ha sido calificada como "salida de tono para excusarse de la obligación que tienen" y "vergonzoso teatro que alimenta la discordia en un asunto donde otros dos jueces anteriormente ya había archivado el caso"

Las fuentes consultadas añadieron que la resolución de los magistrados Fernando Bermúdez, Carmen González y Juan Francisco Martel "es fruto de que se juzga a las personas y no los hechos", y la compararon con la dictada en el caso del preso etarra José Ignacio de Juana, al que se impuso una pena de 12 años y 7 meses de prisión que luego el Tribunal Supremo rebajó a tres años.

 
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