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El Supremo rebaja de 5 a dos años y medio de cárcel la condena al colaborador del etarra que quiso matar al Rey

El Alto Tribunal acepta como atenuante que se manifestara "en desacuerdo con la lucha armada"

El Tribunal Supremo ha rebajado de cinco a dos años y medio de cárcel la condena que la Audiencia Nacional impuso en septiembre pasado a Pablo Aperribay Bediaga por alojar en su casa en julio de 2004 al miembro de ETA Xabier Pérez Aldunate, condenado a 41 años de cárcel por el intento de atentado contra el Rey Don Juan Carlos.

En una sentencia hecha pública este jueves, el Supremo admite parcialmente el recurso de casación presentado por la defensa de Aperribay, al considerar como elemento atenuante que se manifestara durante el juicio oral "en desacuerdo con la lucha armada, es decir, con el terrorismo".

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La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Adolfo Prego, añade, además, que el condenado se negó "a pertenecer al colectivo de presos" de la organización terrorista ETA, por lo que "fue trasladado de módulo a petición propia en el Centro Penitenciario de Soto del Real". Además, cuando fue detenido en Francia manifestó que aceptaba la extradición y que deseaba regresar a España para ser juzgado.

En este sentido, el alto tribunal destaca "la conveniencia y enorme utilidad que para el ordenamiento jurídico tienen en esa clase de delitos las posiciones de discrepancia y separación del terrorismo manifestadas públicamente por quienes, integrados inicialmente en esas organizaciones, siempre hacen de su férreo sometimiento a las directrices de la banda una fuerte resistencia al imperio de la ley".

Valor a la actuación de Aperribay

A este respecto, pone en valor la actuación de Aperribay teniendo en cuenta que la dirección de la organización terrorista ETA no permite a sus militantes encarcelados "posiciones ajenas o diferentes" de la que ha marcado, de forma que todos han de actuar "en bloque".

Sin embargo, durante la vista de casación, que se celebró el pasado 17 de junio, la Fiscalía solicitó la confirmación de la condena dictada por la Audiencia Nacional argumentando que para conceder la atenuante reclamada por la defensa "debería haberse acreditado una clara colaboración con la Justicia que no se produjo".

En este mismo sentido se manifestó la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que ejerció la acusación popular. Su abogado, Juan Carlos Rodríguez Segura, se unió a la petición del fiscal de mantener la condena para Aperribay.

Militancia no demostrada

La Audiencia Nacional consideró probado que el acusado coadyuvó al "mantenimiento y vertebración de la banda terrorista ETA, aun sin haberse demostrado que ostente militancia alguna en ella", y que "fue captado para realizar tareas auxiliares de favorecimiento de los fines de la banda".

La resolución, de la que fue ponente el magistrado Juan Francisco Martel Rivero, atribuyó a Aperribay Bediaga haber "prestado la infraestructura física que supone alojar a Xavier Pérez Aldunate" en la vivienda que el condenado ocupaba, "proporcionándole conscientemente un piso de seguridad que sirvió durante siete meses de centro de actividades y de alojamiento clandestino".

"Así lo demuestra las contundentes, espontáneas y voluntarias manifestaciones que, en sede policial, vertió el responsable del comando Javier Pérez Aldunate acerca de su introducción en el piso alquilado por el acusado, ante quien se presentó con una contraseña marcada desde Francia por los dirigentes de ETA, tendiendo el condenado conocimiento de la condición de miembro liberado que ostentaba Javier", especificaba la Audiencia Nacional.

 
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