El Supremo estudia el recurso de la letrada expulsada por el juez Bermúdez por llevar velo
Zoubida Barik asegura que su expulsión "afecta al derecho a la igualdad ante la ley, a la libertad religiosa y al respeto de la vida privada"
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la abogada Zoubida Barik, expulsada de un juicio por llevar velo islámico por el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez. La letrada ha vuelto a defender que la decisión de expulsarla afecta al derecho a la igualdad ante la ley, a la libertad religiosa y al respeto de la vida privada. El pasado 29 de octubre la letrada Zoubida Barik acudió a la Sala de la Audiencia Nacional presidida por el juez Bermúdez, que le instó a abandonar la sala por llevar un pañuelo en la cabeza. La abogada participaba en un juicio contra una célula radicada en Barcelona acusada de reclutar muyaidines para enviarlos a Irak.
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Zoubida presentó en noviembre un recurso de alzada ante la Audiencia Nacional en el que solicitaba que se declarara nula la decisión de expulsarla de la sala al entender que el juez había vulnerado su derecho a la no discriminación y el respeto a su vida privada. De forma paralela, interpuso una queja ante el Servicio de Inspección del CGPJ en el que reclamaba la apertura de una investigación "seria e imparcial" sobre estos hechos, que pueden ser constitutivos de una "falta grave o muy grave de abuso de autoridad".
Posteriormente, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional derivó el caso, por considerarlo competente, al CGPJ, de manera que el recurso de alzada se acumuló a la queja presentada de forma directa ante el CGPJ.
La Administración disponía entonces de 20 días para resolver el recurso, tras los cuales "no ha notificado acuerdo alguno", por lo que la abogada ha decidido presentar un nuevo recurso ante la Justicia, en este caso ante el Tribunal Supremo, "por silencio administrativo".
En este recurso, presentado el pasado mes de diciembre, la abogada recordaba que su queja se interpuso dentro de los diez días hábiles siguientes a "la humillación de la recurrente de ser sacada del estrado por vestir un símbolo del Islam y de la cultura de la mujer árabe, el pañuelo sobre la cabeza".