La Seguridad Social podrá dar altas en los procesos de incapacidad temporal
A partir de este viernes los médicos de la Seguridad Social podrán emitir altas médicas
Hasta ahora sólo los médicos de atención primaria - los del Servicio Público de Salud - expedían altas durante el primer año de baja laboral mientras los de la Seguridad Social, de hacer un proceso de control, sólo podían recomendar el alta. Desde este viernes, podrán dar altas, si así lo consideran.
Con la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado este lunes, y que entra en vigor el viernes, los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y del Instituto Social de la Marina podrán emitir altas y además, si lo hacen, sólo ellos podrán volver a dar un alta por una patología igual o similar del mismo trabajador en un plazo de 180 días.
Más información
- Las bajas por maternidad se reducen un 5% en lo que va de año
- Un decreto para que la Sanidad sea universal de verdad
- La Asociación en Defensa de la Sanidad Pública denuncia que Madrid y Murcia incentivan a los médicos por conceder menos bajas
- Cataluña incentivará a los médicos para que evalúen mejor las bajas laborales
- El 87% de las bajas laborales de los empleados públicos en Madrid estaban justificadas
La medida, en aplicación de una disposición recogida en la reforma laboral, se inserta en el conjunto de iniciativas que la Seguridad Social viene desarrollando en los últimos años para mejorar el proceso de control de las bajas laborales, y supondrá - aseguran - un ahorro de tiempo y de trámites en el proceso de las bajas, y un control por parte de médicos especializados en patologías relacionadas con el trabajo.
La medida se aplica en toda España salvo en Cataluña, que tiene transferidas las competencias sobre incapacidad temporal.