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LOS VOTOS PARTICULARES DE LA SENTENCIA DE BILDU

Es "lamentable" imputar al Supremo que haya ilegalizado Bildu con "meras sospechas"

El magistrado del Constitucional Manuel Aragón emite un voto particular durísimo, en el que acusa a la mayoría de apartarse de la doctrina del tribunal

El Tribunal Constitucional ha notificado a las partes la sentencia que ha revocado la decisión del Tribunal Supremo de vetar las listas electorales de Bildu. El alto tribunal también ha notificado los cinco votos particulares. Entre ellos el del magistrado progresista Manuel Aragón que asegura que es "impropio y lamentable" imputar al Supremo de ilegalizar a la coalición con "meras sospechas" y que acusa a sus compañeros de "haberse apartado de la doctrina del Tribunal Constitucional".

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El Tribunal Constitucional ha notificado a las partes la sentencia que permite a Bildu concurrir a las elecciones y los cinco votos particulares de los magistrados discrepantes. La sentencia, cuyo contenido ya se dio conocer este fin de semana, pasa por considerar que "la mera sospecha no basta para excluir a nadie del derecho de participación política" y que "los controles preventivos ponen en riesgo el Estado Constitucional". La mayoría concluye que si esa "mera sospecha se confirmara" hay mecanismos legales para poner en marcha de nuevo el proceso de ilegalización contra Bildu.

Los votos particulares, muy duros con la sentencia, opinan todo lo contrario. El progresista Manuel Aragón acusa a sus compañeros de "apartarse de la reiterada doctrina del tribunal" en este tipo de procesos. Añade que es "impropio y lamentable imputar al Supremo la ilegalización de Bildu con meras sospechas, afirmando gratuitamente que se pone en riesgo el Estado Constitucional"

El ex presidente del Tribunal Supremo, Francisco José Hernando, sostiene que el tribunal no ha valorado la prueba en su conjunto y asegura que una prueba "palmaria" de la vinculación de Bildu con el complejo ETA-Batasuna está en la recusación que presentaron contra él porque "si fuera ajena la vinculación no hubieran contemplado las decisiones que en su día tomé". Hernando era presidente de la sala especial del artículo 61 del Supremo en el proceso de ilegalización de Batasuna.

Francisco Pérez de los Cobos pone de manifiesto en otro voto particular muy duro que el Tribunal Constitucional "ha incurrido en un exceso de jurisdicción, minimizando y revisando el valor probatorio de algunos indicios utilizados por el Tribunal Supremo y sustituyendo la determinación de los hechos realizada por otra propia". En la misma línea, Ramón Rodríguez Arribas que explica que con esta sentencia se convierte el recurso de amparo "en una suerte de supercasación". Añade que no se puede aceptar la ruptura de Bildu con ETA porque, según su código, " se rechaza toda calse de violencia, incluida la de ETA". Arribas se pregunta si se pone la violencia de ETA al mismo nivel que la institucional de las Fuerzas de Seguridad y los tribunales del Estado. Para Javier Delgado Barrio es "razonable y nada arbitraria" la decisión de la sala del 61 del Tribunal Supremo.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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