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Tribunal Constitucional

La Iglesia recurre ante el Constitucional el caso de Resurrección Galera

Los obispos elevan su pulso ante la justicia para no readmitir a la profesora de religión despedida por casarse con un divorciado

La profesora de Religión Resurrección Galera, en un imagen de abril de 2001. / EFE/Jose Manuel Vidal

Madrid

La Iglesia entra en el conflicto al más alto nivel apelando al Concordato con el Vaticano para evitar reincorporar a la docente. El juez había citado hoy a las partes para saber por qué ni el Obispado ni el Ministerio de Educación habían cumplido la sentencia dictada hace dos meses para readmitir e indemnizar a la profesora cuyo despido fue considerado nulo por el Tribunal Constitucional.

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El juzgado de lo Social número 3 de Almería había citado hoy a las partes en conflicto, para saber por qué tanto Educación como la Iglesia no habían dado cumplimiento a la sentencia que ordenaba la readmisión de la docente, al considerar que su despido había sido nulo y vulneró sus derechos fundamentales.

El abogado del Obispado ha anunciado la presentación de un recurso de amparo ante al Tribunal Constitucional con el asesoramiento de los servicios jurídicos de la Conferencia Episcopal para no readmitir a la docente. La Iglesia apela a lo establecido en los Acuerdos con el Vaticano, según los cuales los profesores de religión son contratados por el Estado pero previo visto bueno del obispado correspondiente que debe dar luz verde a la idoneidad moral de los candidatos para desempeñar ese trabajo. La Iglesia se basó en esa prerrogativa para retirar su beneplácito a Resurrección Galera, al considerar que su enlace por lo civil con un divorciado la invalidaba para dar clases de Religión, y a eso mismo vuelve a apelar ahora, al estimar que no han cambiado las condiciones por las que el Obispado podría dar su visto bueno a Galera.

Por su parte el ministerio de Educación señala que sin propuesta eclesiástica al respecto, no puede volver a contratar a la profesora para readmitirla en su puesto. Además, Educación considera que no tiene que indemnizarla por los once años en los que no ha dado clase. El argumento utilizado por el ministerio es que Galera no tenía un contrato indefinido sino temporal vinculado al curso escolar, por lo que considera que sólo debe indemnizar a Galera por el curso 2001-2002 en el que fue despedida.

Tras la vista celebrada hoy, el juez ha emplazado a las partes a una nueva cita el próximo 11 de abril para que la Fiscalía emita un informe al respecto.

En declaraciones a la SER, Resurrección Galera confía en que la justicia prevalezca y asegura que "guste más o guste menos", nadio, ni la Iglesia ni el Ministerio, pueden estar por encima de lo que diga la justicia. La docente ha reiterado su deseo de incorporarse cuanto antes a su puesto para volver a dar clases de Religión

Resurrección Galera gana la batalla a la Iglesia (13/01/2012)

20:03

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