El obispado de Almería recurrirá la sentencia del TC que ampara a una profesora de religión
Resurrección Galera fue apartada de la enseñanza en la asignatura de Religión por haber contraído matrimonio civil con un hombre divorciado hace diez años
Madrid
El obispo de Almería, Adolfo González Montes, ha asegurado que el Obispado va a recurrir la sentencia a favor de Resurrección Galera, profesora de Religión que fue apartada de la enseñanza por casarse por lo civil con un divorciado, porque "se salta el derecho real y objetivo a la libertad religiosa".
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Ha indicado a los periodistas que "no me pueden imponer que tenga que contar necesariamente con personas que ideológicamente están en contra del dogma cristiano", y ha añadido que le "parece absurdo", en unas declaraciones realizadas en una rueda de prensa sobre los preparativos de la llegada de la cruz y el icono de la jornada mundial de la juventud a la diócesis de Almería. Adolfo González ha señalado que existen acuerdos internacionales entre la Iglesia y el Estado que están "por encima de las leyes orgánicas", y leyes de la Unión Europea iguales para todos, siendo la garantía del derecho a la libertad religiosa "muy importante".
El obispo de Almería ha querido aclarar que los profesores de religión "no están incluidos como docentes, son personal contratado", algo por lo que "hemos tenido una larga pugna con la administración" ya que es una "violación de los acuerdos" no tener las mismas condiciones. Si los profesores de religión no son docentes, ha añadido el obispo, se puede aplicar el derecho laboral y el derecho inalienable de libertad religiosa, poniendo como ejemplo Alemania, donde "está previsto que si un profesor de teología se aparta de la enseñanza católica" deja de impartir esta asignatura, pero no pierde el derecho laboral, sino que es trasferido a otras facultades.
Resurrección Galera fue apartada de la enseñanza en la asignatura de Religión por haber contraído matrimonio civil con un hombre divorciado hace diez años, y tan sólo hace unos días la nueva sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Almería, le daba la razón, y condenaba al Ministerio de Educación a readmitir inmediatamente en su puesto a Resurrección Galera y abonar los salarios que ha dejado de percibir durante los últimos diez años.