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El Gobierno endurecerá las jubilaciones anticipadas y parciales

El Consejo de Ministros estudia el proyecto de Real Decreto-Ley, que también permitirá compatibilizar trabajo con la percepción del 50% de la pensión

El Gobierno tiene previsto aprobar este viernes el endurecimiento de las jubilaciones anticipada y parcial que venía anunciando desde finales del año pasado. Los cambios entrarán en vigor el 1 de abril, y supondrán básicamente que se necesitarán más años para acceder a estas fórmulas, que las penalizaciones por acogerse a ellas serán más gravosas y que el resto de las condiciones de acceso serán también más difíciles. Además, el texto incluye una fórmula para permitir cobrar hasta el 50% de la pensión a las personas que, llegadas a la edad de jubilación, quieran seguir trabajando.

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El Gobierno quiere con estas medidas retrasar la edad efectiva de jubilación. La reforma de las pensiones de 2011, que entró en vigor este año, ya retrasa paulatinamente la edad legal de jubilación (que llegará a 67 años en 2027), y esa medida se complementa ahora con el endurecimiento de las fórmulas que permiten retirarse antes de la edad legal (la jubilación anticipada y la parcial), y la posibilidad de seguir trabajando más allá de esa edad de retiro (ofreciendo como incentivo la percepción de parte de la pensión a la vez que el salario).

El Gobierno había prometido acometer estas reformas en el primer trimestre de 2013. Con ello, trata de complacer a las autoridades europeas y evitar la medida que le viene exigiendo repetidamente Bruselas: aumentar la edad legal necesaria para jubilarse, y acelerar la entrada en vigor de esa medida (la reforma de las pensiones efectuada en 2011 contempla que la edad legal aumente progresivamente año a año hasta llegar a los 67 años en 2027).

Jubilación anticipada

En materia de jubilación anticipada lo que hará el Gobierno, según fuentes conocedoras del texto legal, es acompasar el aumento de la edad de jubilación anticipada al de la edad legal. Tal y como está ahora la ley, uno puede jubilarse anticipadamente a los 63 años (si lo decide de forma voluntaria) o a los 61 (si se ha quedado sin trabajo). Todo, mientas la edad de jubilación legal va a ir subiendo desde los 65 años y un mes en los que está en 2013 hasta los 67 de 2027. Con el cambio que pretende el Gobierno, para jubilarse anticipadamente serán necesario siempre dos años menos que la edad legal de jubilación si uno se retira de manera voluntaria, y cuatro si es de manera involuntaria.

Por lo tanto, cuando entre en vigor el cambio, en abril, para retirarse anticipadamente serán necesarios 63 años y un mes (o 61 años y un mes, en el caso de la anticipada involuntaria), y esas edades irán aumentando progresivamente hasta que en 2027 se llegue a 65 años (jubilación anticipada voluntaria) y 63 (jubilación anticipada involuntaria).

Además, según estas fuentes, se endurecerán los coeficientes penalizadores que ahora se aplican a los que se acogen a este tipo de jubilación. Ya ahora por cada año en el que se anticipa el retiro frente a la edad legal, la pensión sufre una merma. Con los cambios que introducirá el Gobierno, esa merma será mayor. Los coeficientes penalizadores se dispondrán en cuatro tramos, de forma que los trabajadores que hayan cotizado durante más años a lo largo de su carrera profesional sufran un recorte menor

Jubilación parcial

También está previsto un endurecimiento del acceso a la jubilación parcial, la que permite retirarse a un trabajador antes de la edad legal de jubilación, haciendo una jornada equivalente al 25% de la que venía realizando hasta ahora, a cambio de que la empresa contrate a otro en su lugar. Esa jubilación se convierte en ordinaria cuando el trabajador alcanza los 65 años.

Los planes del Gobierno para endurecer esta fórmula pasan por elevar la edad mínima de acceso a la jubilación parcial (ahora está en 61 años), y aumentar el tiempo de trabajo del empleado jubilado parcialmente.

Compatibilidad de salario y pensión

La otra gran medida que contempla el decreto es permitir compatibilizar salario y pensión para aquellos trabajadores que, llegados a la edad legal de retiro, decidan seguir trabajando. Se contempla la posibilidad de cobrar hasta el 50% de la pensión para los trabajadores que estén en esta situación, mientras disfrutan a la vez del sueldo que les asigne su empresa.

Cuando se retiren definitivamente, esos trabajadores pasarán a cobrar la pensión completa, sin que se les añada nada por esos años extra de trabajo. Eso sí, durante la etapa de compatibilidad, los trabajadores cotizarán por el 8% de su salario, una aportación que se llamará "de solidaridad" (porque lo ingresan en las cuentas de la Seguridad Social sin que supongan mejora para la pensión del cotizante).

 
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