El Gobierno endurece el acceso al subsidio de desempleo a los mayores de 55 años
El decreto que ha aprobado este viernes el Gobierno hace más difícil el acceso a las jubilaciones anticipadas y parciales
El Gobierno quiere luchar contra las prejubilaciones, pero uno de los instrumentos de los que se va a servir va a suponer que los parados de 55 años o más que se hayan quedado sin prestación tengan más difícil acceder al subsidio. Actualmente hay casi 380.000 perceptores de esta ayuda, aunque sólo los nuevos solicitantes (no los que ya están cobrándolo) tendrán que cumplir con los nuevos requisitos.
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Con el decreto al que ha dado luz verde el Gobierno este viernes, para cobrar el subsidio para mayores de 55 años ya no bastará, como hasta ahora, que el parado tenga unos ingresos inferiores a 483,98 euros al mes. Ahora, en la cuenta se incluirá también el núcleo familiar del parado: cónyuge e hijos menores de 26 años. Si la suma de todos sus ingresos, dividida por el número de miembros de ese núcleo es más que esos 483,98 euros, el parado no podrá acceder al subsidio.
Esta ayuda la perciben los parados de más edad que se han quedado sin otras prestaciones, y dura hasta que llega el momento de la jubilación: está considerado un subsidio de último recurso, para las personas que se han quedado sin posibilidades de reengancharse al mercado laboral al final de su carrera. El Gobierno ya endureció este subsidio el pasado verano; entonces, entre otras cosas, aumentó la edad mínima para percibirlo, de 52 a 55 años.
Lucha contra las prejubilaciones
El Gobierno argumenta que este cambio se orienta a evitar que las empresas se sirvan de los recursos públicos para despedir a sus empleados de más edad. Según el razonamiento del Ejecutivo, las empresas orientan sus despidos hacia los mayores contando con ese subsidio, lo que traslada parte del coste del despido al erario público. Al hacer más difícil el acceso -sigue esta argumentación gubernamental- las empresas tendrán que hacerse cargo de ese coste extra. No parece contemplar este razonamiento que las compañías se limiten a despedir a sus trabajadores sin preocuparse de qué sucede después con ellos.
Además de esta medida, el Gobierno contempla otra para tratar de evitar las prejubilaciones: ha cambiado la llamada "enmienda Telefónica", la norma que obliga a las empresas grandes que despidan a mayores de 50 años a hacerse cargo del coste que tienen las prestaciones por desempleo y los subsidios de esos trabajadores.
La nueva "enmienda Telefónica"
Lo que hace el Gobierno es que sólo se verán obligadas a pagar ese coste las empresas de más de 100 trabajadores que en el ERE en cuestión incluyan proporcionalmente a más trabajadores de 50 años que el peso que ese colectivo tenga en la plantilla total de la empresa. Es decir, las compañías que echen a un volumen notable de trabajadores mayores de 50 tendrán que pagar ese sobrecoste; el resto, no.
Este cambio en realidad reduce el alcance de la "enmienda Telefónica", porque hasta ahora bastaba con que una gran empresa incluyese en un ERE a un solo trabajador de más de 50 años para que la penalización se aplicase.
Otra de las modificaciones, sin embargo, amplía el alcance de la medida. Hasta ahora, sólo se penalizaba a las empresas que prejubilasen siempre que hubiesen cosechado beneficios en los dos años anteriores al despido. Ahora, se penalizará a las compañías que tengan beneficios dos años consecutivos en un periodo que va del año anterior a efectuar el despido a los cuatro años posteriores.
Endurecimiento de las jubilaciones tempranas
Todo lo anterior se refiere a las prejubilaciones, pero hay cambios también en las jubilaciones anticipada y parcial, y además se abre la puerta a una posibilidad inédita hasta ahora: compatibilizar salario y pensión, para aquellos que quieran seguir trabajando cuando lleguen a la edad legal de retiro.
La jubilación anticipada se irá desplazando progresivamente, acompasándose al aumento de la edad de jubilación legal. Tal y como estaba hasta ahora la ley, uno podía jubilarse anticipadamente a los 63 años (si lo decide de forma voluntaria) o a los 61 (si se ha quedado sin trabajo). Eso irá subiendo poco a poco, año a año, hasta llegar a 65 y 63. Ya en 2013, la edad de jubilación anticipada más temprana quedará fijada en 61 años y 1 mes a partir del 1 de abril. Además, se amplían los coeficientes penalizadores que se aplican a los que se jubilan anticipadamente, que son más duros cuanto más se aleje la edad de retiro de la edad legal.
La jubilación parcial también se acompasa en su desplazamiento con la edad legal. En 2013, la edad más temprana de jubilación parcial será de 63 años y 1 mes. El recurso a esta fórmula se va a hacer progresivamente menos atractivo para la empresa, al obligarla a cotizar cada vez más por los dos trabajadores (el jubilado y el relevista). En 2013 se cotizará por un 50% por cada uno, un porcentaje que irá aumentando un 5% cada año hasta llegar al 100% por los dos.
El decreto contempla por primera vez la compatibilidad entre salario y pensión para aquellos trabajadores que, llegados a la edad legal de retiro, decidan seguir trabajando. En este caso, y para los trabajadores que tengan derecho a cobrar la pensión completa, se abrirá la posibilidad de cobrar hasta el 50% de la pensión mientras disfrutan a la vez del sueldo que les asigne su empresa. Cuando se retiren definitivamente, esos trabajadores pasarán a cobrar la pensión completa, sin que se les añada nada por esos años extra de trabajo. Durante la etapa de compatibilidad, los trabajadores cotizarán por el 8% de su salario, aunque esta aportación no servirá para enriquecer su pensión.