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La Abogacía del Estado ve un "desafío" a la Constitución la declaración soberanista

El Parlament proclamó que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" y abogó por celebrar una consulta de autodeterminación

La Abogacía del Estado ha argumentado en su recurso contra la declaración soberanista aprobada por el Parlament el pasado 23 de enero que dicha resolución representa un "desafío abierto" a la Constitución y ha advertido de que unos comicios en una comunidad autónoma jamás pueden ser plebiscitarios.

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El recurso de la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, consta de 29 páginas y fue registrado en el Tribunal Constitucional el pasado 8 de marzo y comunicado con posterioridad el Parlament el pasado 11 de abril, según consta en el registro de la secretaría general de la cámara catalana. En un pormenorizado análisis jurídico firmado por María Luisa García Blasco e Isaac Salama Salama, la Abogacía del Estado recoge, en su traducción en castellano, la declaración de soberanía del Parlament, en la que, con el voto de CiU, ERC, ICV-EUiA y la CUP, la cámara proclamó que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" y abogó por el "derecho a decidir", es decir, celebrar una consulta de autodeterminación.

La Abogacía del Estado, que cree que dicha "resolución tiene efectos políticos y jurídicos" y no es una mera declaración de principios, subraya que esta iniciativa "se caracteriza por constituir un desafío abierto contra la Constitución y especialmente contra una de sus cláusulas capitales", el artículo 1.2, que declara que la soberanía reside en el pueblo español, del cual emanan los poderes del Estado.Asimismo, el recurso recuerda que "sólo una decisión de la soberanía del pueblo español podría reconocer de manera constitucionalmente válida la soberanía del pueblo de Cataluña".

"En la perspectiva de la Constitución, sólo hay una soberanía, el pueblo español", argumenta la Abogacía del Estado, que tiene claro que la declaración de soberanía del Parlament es un "acto de poder constituyente" y declarar que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" supone atribuirse un derecho de secesión.

El recurso ante el TC, adelantado por el diario 'El Punt-Avui', advierte también de que, tal como se había barajado en sectores nacionalistas, la Generalitat no puede convocar unas elecciones plebiscitarias sobre la independencia de Cataluña ya que, apunta, las elecciones autonómicas nunca pueden investirse de "naturaleza constituyente".

 
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